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Procédure collective
RUNNING PRODUCCION SA
CIF A78576170Voir la fiche société →
- Publications
- 4 — 17/03/2018 → 10/02/2025
- Procédure
- 206/2018
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 8 DE MADRID · Mercantil - 8 · Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal10/02/2025⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 8 DE MADRID Proc. 206/2018Juge : MARIA AMOR RODRIGUEZ DIAZOrdonnance 24/01/2025
PLAN DE LIQUIDACION DE LOS BIENES Y DERECHOS DEL CONCURSADO
- Conclusión del concurso10/02/2025⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 8 DE MADRID Proc. 206/2018Ordonnance 24/01/2025
Auto de conclusión de concurso
- Conclusión del concurso29/01/2025⚖️ Mercantil - 8Proc. 206/2018Juge : MARTA GARCIA FERNANDEZOrdonnance 24/01/2025
CONCLUSIÓN DEL CONCURSO
- Apertura de liquidación17/03/2018⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de MadridProc. 206/2018Ordonnance 08/03/2018
Edicto. D.ª Verónica Calvo Moreno, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1. Que en el concurso Concurso Abreviado 206/2018, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2018/0008065, por auto de fecha 08/03/2018, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a Running Producción, S.A., con n.º de identificación A78576170, y domiciliado en avenida de la Victoria, n.º 56, de Madrid. 2. Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3. Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal 4. La identidad de la Administración concursal es Práctica Concursal, S.L.P., con domicilio postal en calle Guturbay, n.º 4, 3.º dcha., 28001 Madrid, tfno. 91 799 41 90, fax 941 274 000, y dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. 5. Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6. Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es 7. Que se ha procedido a la apertura de la fase de Liquidación del concurso en los términos previstos en el artículo 191 ter de la LC. Madrid, 8 de marzo de 2018.- Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 8 de Madrid.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.