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Procédure collective

SAGARRA UBEDA SL

CIF B65034472Voir la fiche société

Publications
103/10/200903/10/2009
Procédure
765/2009
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil 1 de Barcelona

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal03/10/2009
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil 1 de BarcelonaProc. 765/2009Ordonnance 31/07/2009

    Doña María José Hompanera González, Secretaria en sustitución del Juzgado de lo Mercantil 1 de Barcelona, Hace saber: Que en los autos con el número 765/2009-H se ha declarado el concurso Voluntario principal de fecha 31 de julio de 2009 de la mercantil Sagarra Ubeda, Sociedad Limitada con N.I.F. número B65034472 y domicilio en calle Muntaner, número 425 de Barcelona - 08021, en el que se ha decretado intervención de las facultades de administración y disposición, que se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado. Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos a la administración concursal por medio de escrito que se presentará en la Unidad de Apoyo Concursal, Gran Via de les Corts Catalanes, 111, edificio C, planta 13, 08014 Barcelona con indicación expresa del Juzgado de lo Mercantil 1 y el número de autos 765/2009H, en el plazo de 15 días, a contar desde el día siguiente de la publicación en el Boletín Oficial del Estado; Firmado por el Acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al Crédito. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando Abogado y Procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Junta. Barcelona, 31 de julio de 2009.- La Secretaria en sustitución.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.