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Procédure collective
SANCHEZ NIETO SL
CIF B37028297Voir la fiche société →
- Publications
- 3 — 05/07/2012 → 26/02/2015
- Procédure
- 246/2012
Chronologie du dossier
- Declaración de concurso26/02/2015⚖️ SALAMANCAProc. 246/2012Ordonnance 13/02/2015
El Juzgado de 1.ª Instancia n.º 4 y Mercantil de Salamanca. Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 246/2012 referente al deudor SANCHEZ NIETO S.L., con C.I.F. número B-37028297, mediante Auto firme de fecha 13 de Febrero de 2015 se ha acordado: 1. Declarar finalizada la Fase de Liquidación y la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y derechos del concursado. 2. El cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes hasta el momento. 3. Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 178 de la Ley Concursal, se acuerda la extinción de la persona jurídica SANCHEZ NIETO S.L. y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil. 4. Declarar aprobadas las cuentas rendidas, por la Administración concursal y el cese de la misma. Salamanca, 13 de febrero de 2015.- El Secretario Judicial.
- Otro acto concursal31/10/2012⚖️ SALAMANCAProc. 246/2012Ordonnance 17/10/2012
Edicto El Juzgado de 1.ª Instancia n.º 4 y de lo Mercantil de Salamanca, anuncia: 1.-Que en el procedimiento concursal concurso voluntario abreviado número 246/2012 referente al deudor Sánchez Nieto, S.L., con CIF número B-37028297, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores y plan de liquidación. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2.-Dentro del plazo de diez días, computado desde la publicación de este edicto en el Tablón de Anuncios de este Juzgado y en el BOE, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de 1.ª Instancia n.º 4 y de lo Mercantil. 3.-Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador. Salamanca, 17 de octubre de 2012.- El Secretario Judicial.
- Apertura de liquidación05/07/2012⚖️ SALAMANCAProc. 246/2012Ordonnance 27/06/2012
Edicto El Juzgado de lo Mercantil de Salamanca, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento concursal número 246/2012 y N.I.G. del procedimiento 37274 42 1 2012 0004477, por Auto de 22-6-2012 se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Sánchez Nieto, S.L., con domicilio en C/ Lirio, n.º 5, de Guijuelo (Salamanca), y con C.I.F. número B-37028297. 2.º Que al haber solicitado el deudor la liquidación, se ha acordado la apertura de la Fase de Liquidación del concurso. 3.º Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y de disposición sobre su patrimonio, siendo sustituido por la Administración Concursal. 4.º Se ha declarado disuelta la sociedad Sánchez Nieto, S.L., cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquellos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte. 5.º El administrador concursal designado es doña Felisa Castaño Prieto, con domicilio postal en C/ Bermejeros, n.º 48-50, entreplanta, C.P. 37001 de Salamanca, y con dirección electrónica [email protected] para que los acreedores del concursado, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Salamanca, 27 de junio de 2012.- Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.