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Procédure collective

SANCHO TORNE SL

CIF B61904546Voir la fiche société

Publications
112/05/201212/05/2012
Procédure
192/2012
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de los de Barcelona
Administrateur judiciaire
La entidad mercantil Equifond Auditores, S.L

Chronologie du dossier

  1. Declaración de concurso12/05/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de los de BarcelonaProc. 192/2012Ordonnance 26/04/2012

    Julia Zapatero García, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de los de Barcelona, dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este Juzgado: Número de asunto: Concurso 192/2012 Sección C2. Fecha del auto de declaración: 19/4/12. Clase de concurso: Voluntario Abreviado. Entidad concursada: Sancho Torne, S.L. con domicilio en c/ Aragó, 15, 2.º, Sant Sadurni D’Anoia (Barcelona) con CIF n.º B61904546. Administradores concursales: La entidad mercantil Equifond Auditores, S.L. como administrador. - Dirección postal: Rambla de Catalunya, 38, 6.ª pta. - Dirección electrónica: [email protected] Régimen de las facultades del concursado: Intervenidas. Registro Público de Resoluciones Concursales: www.publicidadconcursal.es Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de las concursadas deberán poner en conocimiento de la administración concursal a través de su dirección postal o electrónica antes señaladas la existencia de sus créditos desde el día siguiente de la fecha del auto de declaración del concurso hasta un plazo máximo de un mes posterior a la fecha de la publicación en el BOE. Personación en las actuaciones: Los acreedores pueden personarse mediante Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante la Unidad de Apoyo Concursal de los Juzgados Mercantiles de Barcelona (Gran Vía de les Corts Catalanes, 111, edificio C, planta 13, 08014 Barcelona). Barcelona, 26 de abril de 2012.- La Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.