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Procédure collective
SANT ESTEVE PARK SL
CIF B61887527Voir la fiche société →
- Publications
- 3 — 19/10/2013 → 06/07/2023
- Procédure
- 0000642/2009 · 642/2009
- Tribunal
- Mercantil - 5
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso06/07/2023⚖️ Mercantil - 5Proc. 0000642/2009Juge : Alfredo Villaescusa GarciaOrdonnance 16/06/2023
LA QUE SE ADJUNTA
- Conclusión del concurso06/07/2023⚖️ Mercantil - 5Proc. 0000642/2009Juge : Alfredo Villaescusa GarciaOrdonnance 16/06/2023
LA QUE CONSTA EN LA RESOLUCION
- Apertura de liquidación19/10/2013⚖️ BARCELONAProc. 642/2009Ordonnance 17/09/2013
Don Francisco Velasco García-Plata, Secretario del Juzgado Mercantil núm. 5 de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado.- Mercantil núm. 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 111, edificio C, 12 planta. Número de asunto.- Concurso voluntario 642/2009 5a. Tipo de concurso.- Voluntario. Entidad instante del concurso y NIF.- Sant Esteve Park, S.L., B61887527. Fecha del auto de reapertura del concurso por incumplimiento convenio y de apertura de la fase de liquidación.- 17 de septiembre de 2013. Administradores concursales.- D. Christian Herrera Petrus, con DNI 46239789Z, domiciliado en Vía Augusta, 4, 6.º, Barcelona, como abogado, con correo electrónico [email protected]. Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador. Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Barcelona, 25 de septiembre de 2013.- El Secretario judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.