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Procédure collective

SANTAMARIA NUÑEZ SL EN LIQUIDACION

CIF B81211666Voir la fiche société

Publications
305/02/201105/09/2023
Procédure
755/2010
Tribunal
Mercantil - 5 · juzgado de lo Mercantil Nº 5 de los de Madrid

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso05/09/2023
    ⚖️ Mercantil - 5Proc. 755/2010Juge : MOISÉS GUILLAMÓN RUIZOrdonnance 01/09/2023

    Se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 473.1 TRLC

  2. Otro acto concursal26/02/2011
    ⚖️ juzgado de lo Mercantil Nº 5 de los de MadridOrdonnance 18/01/2011

    Dª. M.C. Sanz, Secretario del juzgado de lo Mercantil Nº 5 de los de Madrid, Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil nº 5 de los de Madrid, se sigue Concurso Voluntario Abreviado 755/10, en el que recayó Auto de fecha 18 de enero de 2011, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares: "Se declara en Concurso Voluntario a la entidad Santamaría Núñez, S.L., con CIF nº B-81211666" "Se acuerda la intervención de las facultades del deudor" "Los acreedores concursales deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos, en el plazo de quince dias a contar desde la publicación" Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, expido el presente en la fecha expresada. Madrid, 11 de febrero de 2011.- Secretario Judicial.

  3. Otro acto concursal05/02/2011
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil N.º 5 de los de MadridOrdonnance 18/01/2011

    Doña M.C. Sanz, Secretario del Juzgado de lo Mercantil N.º 5 de los de Madrid, Hago saber: Que en este Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de los de Madrid, se sigue Concurso Voluntario Abreviado 755/10, en el que recayó Auto de fecha 18 de enero de 2011, en cuya parte dispositiva constan los siguientes particulares: "Se declara en Concurso Voluntario a la entidad Santamaria, S.L., con CIF n.º B-81211666". "Se acuerda la intervención de las facultades del deudor". "Los acreedores concursales deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos, en el plazo de quince días a contar desde la publicación". Y para su inserción en el Boletín Oficial del Estado, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, expido el presente en la fecha expresada. Madrid, 20 de enero de 2011.- Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.