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Procédure collective
SANTISTEBAN UBEDA SA EN LIQUIDACION
CIF A23017353Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 24/09/2011 → 04/05/2013
- Procédure
- 420/2011
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso04/05/2013⚖️ JAÉNOrdonnance 18/04/2013
Edicto El Juzgado de Primera Instancia número 4 y de lo Mercantil de Jaén, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley Concursal, anuncia: 1. Que en el procedimiento número 420/11, por auto de 18-4-13 se ha declarado la conclusión del concurso y el archivo de las actuaciones al deudor Santisteban Úbeda, S.A., con CIF A-23017353. 2. Se aprueban las cuentas presentadas por la Administración Concursal. 3. Se declara el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes. salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación Jaén, 18 de abril de 2013.- El/La Secretario Judicial.
- Otro acto concursal24/09/2011⚖️ JAÉNProc. 420/2011Ordonnance 07/09/2011
El Juzgado de 1.ª Instancia n.º 4 y de lo Mercantil de Jaén en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1. Que en el procedimiento número 420/2011, por auto de 7 de septiembre de 2011 se ha declarado en concurso voluntario a la deudora "Santisteban Úbeda, S.A.", con N.I.F. A-23017353, domicilio en carretera de Circunvalación, s/n, de Úbeda. 2. Que la deudora conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3. Que los acreedores de la concursada deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado". 4. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 L.C.). Jaén, 9 de septiembre de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.