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Procédure collective

SANZFOR SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION

CIF B12331336Voir la fiche société

Publications
1127/09/201002/06/2026
Procédure
431/2010 · 000431/2010 · 09/2010
Tribunal
SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE CASTELLÓ DE LA PLANA N.º 1 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA · Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Castellón

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal02/06/2026
    ⚖️ SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE CASTELLÓ DE LA PLANA N.º 1Proc. 431/2010Juge : MARIA TERESA GAVALDA MONTOLIUOrdonnance 01/06/2026

    SOLICITUD DE CONCLUSIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS

  2. Otro acto concursal10/02/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000431/2010Ordonnance 27/02/2019

    Auto de formación de la sección de calificación

  3. Otro acto concursal10/02/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000431/2010Ordonnance 27/02/2019

    Auto de aprobación del plan de liquidación

  4. Otro acto concursal09/02/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000431/2010Juge : HUMBERTO MARTÍN MARTÍNOrdonnance 27/02/2017

    ACUERDO aprobar como plan definitivo el propuesto por la administración concursal en su escrito presentado el día 21 de diciembre de 2020, con las modificaciones establecidas en el fundamento de derecho segundo de la presente resolución.

  5. Apertura de liquidación09/02/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000431/2010Ordonnance 27/02/2017

    Auto de apertura de la fase de liquidación

  6. Otro acto concursal09/02/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000431/2010Juge : ANDRÉS SÁNCHEZ MAGROOrdonnance 26/07/2012

    - Aprobación judicial del convenio propuesto, cesando todos los efectos del concurso. Cese de la Administración Concursal. Deber de informar semestral mente del cumplimiento del convenio. Formación de la sección de calificación.

  7. Otro acto concursal09/02/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000431/2010Juge : ROBERTO NIÑO ESTÉBANEZOrdonnance 26/07/2012

    AUTO DECLARACIÓN DE CONCURSO

  8. Convenio de acreedores09/02/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000431/2010Juge : ROBERTO NIÑO ESTÉBANEZOrdonnance 26/07/2012

    AUTO DECLARACIÓN DE CONCURSO

  9. Otro acto concursal07/04/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000431/2010Juge : NURIA FACHAL NOGUEROrdonnance 10/03/2017

    Declarar la conclusión del concurso voluntario ordinario de la entidad C.T.M. AISLAMIENTOS S.A.

  10. Convenio de acreedores07/04/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000431/2010Juge : ANA MARIA GALLEGO SANCHEZOrdonnance 27/02/2017

    Dentro del plazo de DIEZ DIAS , los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Jugado de lo Mercantil

  11. Otro acto concursal27/09/2010
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de CastellónProc. 09/2010Ordonnance 01/09/2010

    Edicto Doña Cristina Cifo González, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Hago saber: Primero.-Que por auto de fecha 01/09/2010, en el Procedimiento n.º 431/2010, se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor "Sanzfor, Sociedad Limitada", con domicilio en Avda. Peñagolosa, n.º 35, Vila-Real (Castellón) y CIF número B-12331336. Segundo.-Se ordena la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor por la administración concursal. Tercero.-Que los acreedores del concursado deberán poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de quince días a contar de la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. Castellón, 1 de septiembre de 2010.- La Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.