Accueil›Justice›SAOBSA MAQUINARIA SL
Procédure collective
SAOBSA MAQUINARIA SL
CIF B13351523Voir la fiche société →
- Publications
- 3 — 20/03/2014 → 25/10/2023
- Procédure
- 999/2013
- Tribunal
- Mercantil - 6
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso25/10/2023⚖️ Mercantil - 6Proc. 999/2013Juge : FRANCISCO JAVIER VAQUER MARTINOrdonnance 23/10/2023
Auto de conclusión de concurso.
- Otro acto concursal26/07/2014⚖️ MADRIDProc. 999/2013Ordonnance 30/04/2014
Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, Anuncia: Primero.-Que en el procedimiento concursal número 999/2013, referente al deudor Saobsa Maquinaria, S.L., con CIF: B-13351523, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. Segundo.-Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. Tercero.-Las impugnaciones se tendrán que realizar por medio de Abogado y Procurador de los Tribunales. Madrid, 30 de abril de 2014.- El/la Secretario/a Judicial.
- Otro acto concursal20/03/2014⚖️ MADRIDProc. 999/2013Ordonnance 25/02/2014
Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 999/2013, por auto de 25 de febrero de 2014, se ha declarado en concurso necesario al deudor Saobsa Maquinaria, S.L., con CIF B13351523 con domicilio en calle López de Hoyos, número 10, local 8 de Madrid. Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero.- Que los acreedores del interesado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal por correo ordinario o bien a través de representante, o en cualquiera de los medios admitidos en derecho directamente en el domicilio de la administración concursal que es el siguiente, no siendo válida la comunicación que se dirija directamente al Juzgado: Fernando Pérez-Ruibal y Rodríguez, calle Cuatro Amigos, 1, 2.º B, 28029-Madrid, o por correo electrónico [email protected] Cuarto.- El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. Quinto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Madrid, 25 de febrero de 2014.- El Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.