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Procédure collective
SARTORIUS Y MONTOJO SL
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- Publications
- 2 — 04/04/2013 → 10/07/2013
Chronologie du dossier
- Declaración de concurso10/07/2013⚖️ MADRIDOrdonnance 24/06/2013
Edicto Doña María Luisa Pariente Vellisca, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento n.º 444/12 por auto de fecha 24 de junio de 2013 se declaró en concurso voluntario al deudor Sartorius y Montojo S.L., con CIF n.º B-81577074, con domicilio en calle Alberto Alcocer n.º 46, 3.º A, Madrid. 2.º Que con fecha 24 de junio de 2013 se ha dictado resolución por la que se acuerda: 1.- Declarar la conclusión del concurso del deudor Sartorius y Montojo S.L. 2.- Declarar la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas en virtud de la declaración del concurso. 3.- Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes. 4.- Dar la publicidad por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios del Juzgado. 5.- Dar la publicidad registral necesaria para cuyo efecto remítanse los respectivos mandamientos a los registros correspondientes para la anotación de la presente resolución. Madrid, 24 de junio de 2013.- Secretario Judicial.
- Declaración de concurso04/04/2013⚖️ MADRIDOrdonnance 19/03/2013
Edicto Doña M.ª Luisa Pariente Vellisca, Secretarioa del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.- Que en el concurso número de autos 444/12, con Número de Identificación General del procedimiento 28079 1 0006896 /2012, por auto de 19 de marzo de 2013, se ha declarado en concurso voluntario, tramitado como abreviado, a Sartorius y Mantojo, S.L., con CIF: B-815 77 074, y domiciliado en Madrid, calle Alberto Alcocer, 46-3.º-A 2.-Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde el día que en que se les realice la comunicación por la administración concursal o bien en el supuesto de que no se haya realizado, desde el día siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaración de concurso 3.- Que el deudor queda suspendido en sus facultades de disposición y administración de su patrimonio, siendo sustituido en las mismas por la administración concursal. 4.- La identidad de la administración concursal es Génova Tres Concursalistas, S.L.P., el domicilio postal de la misma calle Génova, 3-2º- Madrid, y la dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, haciéndoseles saber que los presentados en este juzgado se tendrán por no comunicados. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de abogado y procurador presentando escrito de forma separada al de comunicación de crédito ante este Juzgado. Madrid, 19 de marzo de 2013.- Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.