Accueil›Justice›SATOL ESTRUCTURAS SL
Procédure collective
SATOL ESTRUCTURAS SL
CIF B83743013Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 23/05/2011 → 15/01/2019
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal15/01/2019⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de MadridOrdonnance 09/01/2019
EDICTO D./Dña. MARÍA JESÚS PALMERO SANDÍN Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid. En el procedimiento arriba indicado se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso por finalización de la fase liquidación de SATOL ESTRUCTURAS, S.L. con CIF n.º B-83743013. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1LC), ha acordado: 1.- El cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición del deudor que estuvieran subsistentes. 2.- El cese de la Administración Concursal, 3.- La extinción de la persona jurídica deudora, procediendo el cierre de su hoja de inscripción en el Registro mercantil de Madrid a cuyo efecto se expedirá mandamiento al citado Registro. Madrid, 9 de enero de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, María Jesús Palmero Sandín.
- Otro acto concursal23/05/2011⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de MadridOrdonnance 11/05/2011
Edicto Doña Rosa María Pérez Garrudo, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia 1.º-Que en el procedimiento número 77/11, por auto de 11 de mayo de 2011 se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Satol Estructuras, S.L., DNI B-83743013, con domicilio en calle Ávila, n.º 17, local izq., Móstoles (Madrid). 2.º-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal designada, a través de su relación directa con el mismo, don Roldán Martínez Castejón, con despacho profesional en Madrid, avenida del Brasil, n.º 4, 11.º, E-D, [email protected], tfno.91 002 76 37 la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito y se presentará en el Juzgado. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado. 4.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 11 de mayo de 2011.- Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.