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Procédure collective
SEMILLAS MANCHUELA SOCIEDAD LIMITADA
CIF B16172694Voir la fiche société →
- Publications
- 3 — 17/02/2011 → 29/03/2012
- Procédure
- 58/2011
Chronologie du dossier
- Convenio de acreedores29/03/2012⚖️ CUENCAProc. 58/2011Ordonnance 07/02/2012
Edicto D./D.ª Antonio Senís Fernández, Secretario/a Judicial de Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 y de lo Mercantil de Cuenca, hago saber: 1. Que en este Juzgado de 1.ª Instancia n.º 2 Juzgado de lo Mercantil se tramita procedimiento concursal concurso voluntario abreviado n.º 58/2011 referido al deudor SEMILLAS MANCHUELA, S.L.U., con C.I.F. B16172694 y domicilio social en El Peral, Cuenca, Carretera Albacete Guadalajara, km 64 en el cual se ha dictado con fecha 7 de febrero de 2012 sentencia aprobatoria de convenio. Dicha resolución es firme con fecha 21 de marzo de de 2012. 2. Que la propuesta de convenio aprobada establece una quita del 50 % los créditos y una espera de cinco años. 3. Dentro de los cinco días siguientes a la publicación de este edicto los interesados podrán podrán personarse en la sección sexta de calificación del concurso. Cuenca, 21 de marzo de 2012.- Secretario.
- Otro acto concursal19/11/2011⚖️ CUENCAProc. 58/2011Ordonnance 04/11/2011
Edicto anunciado convocatoria de Junta General de acreedores Don Antonio Senís Fernández, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil de Cuenca, Anuncia 1.-Que en el procedimiento concurso voluntario abreviado 58/2011 referente al concursado Semillas Manchuela, S.L.U., CIF B16172694 se ha decretado por auto de fecha 4 de noviembre de 2011 la nulidad de la Junta de acreedores celebrada el día 23 de septiembre de 2011. 2.-Se señala nuevamente para la celebración de la misma el día 16 de diciembre de 2011, a las 11:00 horas, en la Sala de Vistas de este Juzgado sita en Cuenca, calle Gerardo Diego, número 8. 3.-Tienen derecho de asistencia a la Junta los acreedores que figuren incluidos en la lista definitiva de acreedores, pudiendo hacerse representar por medio de apoderados en la forma prevista en el artículo 118 de la L C. Cuenca, 16 de noviembre de 2011.- Secretario judicial.
- Declaración de concurso17/02/2011⚖️ CUENCAOrdonnance 04/02/2011
Edicto comunicando declaración de concurso. Don Víctor Ballesteros Fernández, Secretario Judicial de Juzgado de lo Mercantil de Cuenca, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º sección I declaración concurso 0000058/2011 se ha dictado en fecha 4 de febrero de 2011 auto de declaración de concurso voluntario de la deudora "Semillas Manchuela, S.L.U.", con CIF B-16172694, y domicilio social en carretera Albacete a Guadalajara km 64 de la localidad de El Peral (Cuenca). 2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición de la concursada. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC. Dicha comunicación deberá presentarse ante este órgano judicial en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado", mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC). Cuenca, 4 de febrero de 2011.- El Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.