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Procédure collective
SERAFIN Y RAFA SLL
CIF B31606353Voir la fiche société →
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- 1 — 25/09/2012 → 25/09/2012
Chronologie du dossier
- Declaración de concurso25/09/2012⚖️ PAMPLONAOrdonnance 12/09/2012
Edicto El Juzgado de lo Mercantil de Pamplona/Iruña Anuncia Que en el procedimiento concursal número 0000326/2008 referente al concursado Serafín y Rafa SLL con CIF B31606353, con domicilio en calle Ángel Pérez Francés, bloque 2, n.º 4 1.º b de Tudela por auto de fecha 12 de septiembre de 2012 se ha acordado la conclusión del concurso, cuya parte dispositiva dice así: Parte Dispositiva Decido: 1.º Acordar la conclusión del concurso de acreedores de la entidad Serafín y Rafa SLL. 2.º Declarar aprobadas las cuentas rendidas, por la administración concursal 3.º Inscríbase la presente resolución en la hoja abierta a la referida sociedad en el registro mercantil de Navarra. A tal fin expídase mandamiento a dicho registro público con expresión de la firmeza de esta resolución. 4.º Acordar la extinción de la referida sociedad y disponer el cierre de su hoja de inscripción en el registro mercantil de Navarra, a cuyo efecto expídase mandamiento al registro mercantil de Navarra nº1 con expresión de su firmeza, compresivo de los datos de identificación y parte dispositiva. 5.º Publíquese la presente resolución mediante edictos que se anunciaran en el tablón de anuncios de ese juzgado y en el BOE. Entréguese los despachos al procurador de la concursada para que cuide de su curso y gestión. Líbrese exhorto al Juzgado decano de Pamplona y Tudela, a fin de que ponga en conocimiento de todos los juzgados de 1.ª instancia y social, la conclusión del presente concurso a los efectos de los artículos 177 y 178 de la LC. Recurso.-Contra el presente auto no cabe recurso alguno (art. 177.1 L.con). Así lo acuerda y firma S. Sª. Iltma., doy fe. El/La Magistrado-Juez El/La Secretario/a Pamplona, 12 de septiembre de 2012.- El/La Secretario/a Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.