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Procédure collective
SERVEIS I MODA F.L.O. SOCIEDAD LIMITADA
CIF B43616788Voir la fiche société →
- Publications
- 5 — 09/05/2015 → 25/01/2024
- Procédure
- 89/2015
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE TARRAGONA · Mercantil - 1 · Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Tarragona
- Administrateur judiciaire
- D
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal25/01/2024⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE TARRAGONA Proc. 89/2015Ordonnance 13/12/2023
Cese de Administrador concursal
- Conclusión del concurso25/01/2024⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE TARRAGONA Proc. 89/2015Juge : MARGARITA ISABEL POVEDA BERNALOrdonnance 13/12/2023
Se declara la CONCLUSIÓN del procedimiento concursal de D. OMAR STALIN ORELLANA SARAGURO quedado exonerado del pasivo insatisfecho en los términos que constan en la sentencia de exoneración del pasivo insatisfecho recaída en el presente procedimiento
- Conclusión del concurso17/01/2024⚖️ Mercantil - 1Proc. 89/2015Juge : RAUL NICOLAS GARCIA OREJUDOOrdonnance 13/12/2023
AUTO DECLARACION CONCLUSO PROCEDIMIENTO CONCURSAL Y ARCHIVO ACTUACIONES
- Otro acto concursal25/09/2023⚖️ Mercantil - 1Proc. 89/2015Juge : JOAN HOLGADO ESTEBANOrdonnance 03/11/2022
INFORME A.C. SOLICITA CONCLUSION DE CONCURSO Y APORTA RENDICION DE CUENTAS
- Declaración de concurso09/05/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de TarragonaOrdonnance 22/04/2015
EDICTO D.Juan Holgado Esteban, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Tarragona, por el presente Edicto doy publicidad al Auto de declaración del concurso dictado por este Juzgado: Número de asunto: Concurso nº 89/15-5 NIG: 4314847120158000835 Fecha del auto de declaración: 22/04/15 Clase de concurso: Voluntario Abreviado Entidad concursada: SERVEIS I MODA FLO, S.L. con domicilio en C/ Marqués de Ballet, 2 de Tortosa, CIF nº B43616788, representada por el Procurador D. Custodio Aguilera Aguilera. Administrador concursal: D. Miguel Ángel Menor Pérez con email: [email protected] Régimen de las facultades del concursado: Intervención Los acreedores de la concursada deberán comunicar a la administración concursal sus créditos en la dirección postal o electrónica antes señaladas y en la forma establecida en el art. 85 de la Ley concursal, en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al de la publicación en el BOE. Los acreedores pueden personarse en la proceso por medio de Abogado y Procurador. Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado y procurador que autoricen al efectos sin necesidad de personarse. Tarragona, 22 de abril de 2015.- El Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.