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Procédure collective
SERVEIS SUCOMA SL
CIF B63808000Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 04/02/2014 → 26/02/2014
- Procédure
- 867/2013
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal26/02/2014⚖️ BARCELONAProc. 867/2013Ordonnance 13/12/2013
Edicto Don José María Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de los de Barcelona y provincia. Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 867/2013, en el que se ha dictado con fecha 13 de diciembre de 2013, auto declarando en estado de concurso a la entidad Serveis Sucoma Sociedad Limitada, con CIF B63808000, y mandando darle publicidad con los siguientes datos: Nig del procedimiento: 08019-47-1-2013-8006174 Tipo de concurso: voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso. Concursada: Serveis Sucoma, S.L. con domicilio en El Prat de Llobregat, Avenida Onze de Setembre, 267, local C. Administrador concursal: VDS Abogados y Economistas Asociados, S.L.P., con domicilio en calle Roger de Lluria, 124, 1-1 08037 Barcelona (Barcelona), con correo electrónico [email protected] Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 de la Ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Barcelona, 11 de febrero de 2014.- El Secretario Judicial, José María Valls Soriano.
- Otro acto concursal04/02/2014⚖️ BARCELONAProc. 867/2013Ordonnance 13/12/2013
Edicto Don José María Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de los de Barcelona y provincia. Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 867/2013 en el que se ha dictado con fecha 13 de diciembre de 2013 auto declarando en estado de concurso a la entidad Serveis Sucoma Sociedad Limitada, con CIF B63808000 y mandando darle publicidad con los siguientes datos: NIG del procedimiento: 08019-47-1-2013-8006174. Tipo de concurso: voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso. Concursada: Serveis Sucoma, S.L., con domicilio en calle de Isaac Peral, 13, nau 9. 08850 Gavà (Barcelona). Administrador concursal: VDS Abogados y Economistas Asociados, S.L.P., con domicilio en calle Roger de Lluria, 124, 1-1, 08037 Barcelona (Barcelona), con correo electrónico [email protected] Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al artículo 85 de la Ley concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Barcelona, 17 de enero de 2014.- El Secretario Judicial, José María Valls Soriano.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.