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Procédure collective
SERVICIOS DE REVISION EXTERNA SLP
CIF B30527808Voir la fiche société →
- Publications
- 1 — 18/01/2016 → 18/01/2016
- Procédure
- 2015/0001
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Murcia
Chronologie du dossier
- Declaración de concurso18/01/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de MurciaProc. 2015/0001Ordonnance 21/12/2015
Edicto Doña Ana María Lacalle Espallardo, Letrada de la Administración de Justicia, del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Murcia, por el presente, hago saber: 1.º- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º SECCIÓN I DECLARACIÓN CONCURSO 0000587/2015 y NIG núm. 30030 47 1 2015/0001334, se ha dictado en fecha 21 de diciembre de 2015 auto de declaración del concurso voluntario del deudor María del Rocío Vera Albuixech, con DNI 23.035.129P, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Avenida Génova, 66, Polígono Residencial Santa Ana, 30319 Cartagena. 2.º- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el concursado con intervención de la administración concursal designada al efecto, mediante su autorización. Se ha designado como administración concursal a la sociedad Servicios de Revisión Externa, S.L.P., con CIF. B-30527808, y domicilio en Murcia, Plaza Carlos III, Edificio Wellington, núm. 1, entresuelo, derecha, 30008, teléfono 968 242 753, correo electrónico: [email protected]. 3.º- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de UN MES desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4.º- No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado ni en la Oficina de Registro de la Ciudad de la Justicia. Murcia, 7 de enero de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.