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Procédure collective

SERVICIOS INTEGRALES GRUPOMAR SL EN LIQUIDACION

CIF B15798507Voir la fiche société

Procédure fautive
Publications
807/06/201916/04/2026
Procédure
241/2019
Tribunal
SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE A CORUÑA N.º 1 · MERCANTIL - 1 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE A CORUÑA

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal16/04/2026
    ⚖️ SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE A CORUÑA N.º 1Proc. 241/2019Juge : NURIA FACHAL NOGUEROrdonnance 26/11/2025

    SENTENCIA DE CALIFICACION DEL DEUDOR SERVICIOS INTEGRALES GRUPOMAR SL CON CIF B15798507

  2. Otro acto concursal04/12/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 241/2019Juge : FERNANDO SANTISO VAZQUEZOrdonnance 29/09/2020

    En virtud de lo acordado en el procedimiento referenciado, por medio del presente adjunto edicto para su publicación en ese medio de su dirección. En A CORUÑA, a 29 de septiembre de 2020

  3. Declaración de concurso28/11/2020
    ⚖️ A CORUÑAOrdonnance 29/09/2020

    Xdo. do Mercantil N. 1 de A Coruña. Edicto En este órgano judicial se tramita Sección V Liquidación 0000241 /2019 -B seguido en este órgano judicial a instancias Servicios Integrales Grupomar, S.L., por resolución de fecha 17- 07-2019 se ha dictado Auto de Apertura de la Fase de Liquidación de la entidad Servicios Integrales Grupomar SL con CIF B15798507 y domicilio en Rua Afiadores Nave 6 A, secc-3 Poligono Industrial Rio Pozo de Narón, A Coruña (domicilio social), dicha resolución es firme y, en extracto, se ha acordado lo siguiente: - Declarar disuelta la mercantil Servicios Integrales Grupomar, S.L. - La apertura de la fase de liquidación tendrá la publicidad prevista en el art. 144 LC (410 TRLC) y produce los efectos previstos en los arts. 145, 146 y 147 de la LC (411, 412, 413 Y 414 TRLC). - Requerir a la Administración concursal para que en el plazo improrrogable de 15 días Concurso Ordinario/10 días Concurso Abreviado computados desde la notificación de esta resolución, presente un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC. (416 TRLC) A Coruña, 29 de septiembre de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Fernando Santiso Vázquez.

  4. Otro acto concursal13/11/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE A CORUÑA Proc. 241/2019Juge : AMAGOIA SERRANO BARRIENTOSOrdonnance 06/02/2020

    AUTO DECLARACIÓN CONCURSO

  5. Otro acto concursal07/10/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 241/2019Juge : FERNANDO SANTISO VAZQUEZOrdonnance 24/08/2020

    Aprobar el plan de liquidación de los bienes y derechos de la masa activa de la entidad concursada SERVICIOS INTEGRALES GRUPOMAR S.L. en los términos en que ha sido presentado por la administración concursal.

  6. Apertura de liquidación17/03/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE A CORUÑA Proc. 241/2019Juge : LUCIA MARTINEZ OREJASOrdonnance 17/07/2019

    Modifica declaración de concurso, , se procederá al cese de los administradores y liquidadores que serán sustituidos por el administrador concursal

  7. Declaración de concurso10/07/2019
    ⚖️ A CORUÑAOrdonnance 16/04/2019

    Edicto D./Dª. Cristina Martínez García, Letrada de la Administración de Justicia de Xdo. do Mercantil N.º 1 de A Coruña Por el presente, Hago Saber: 1º.- Que en la Sección I Declaración de Concurso 241/19-B seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 16 de abril de 2019 Auto de Declaración de Concurso de la entidad Servicios Integrales Grupomar SL, con CIF: B-15.798.507 y con domicilio social en Rúa Afiadores, Nave 6 A secc-3, Polígono Industrial Río Pozo, de Narón, A Coruña. 2º.- Se ha acordado determinar que las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor quedan intervenidas por la AC. 3º.- El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de Un Mes desde la publicación del presente. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. 4º.- La identidad de la Administración concursal es la siguiente: Aida María Suárez Chorez abogada del Ilustre Colegio de Abogados de Santiago de Compostela, con número de colegiado 1995 nombrada administradora concursal con domicilio profesional en Campo do Rosario N 6 1º D Boimorto A Coruña, Teléfono: 639528873 y correo electrónico [email protected] 5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Abogado/a (artículo 184.3 LC) A Coruña, 6 de junio de 2019.- La Letrado de la Administración de Justicia,, Cristina Martínez García.

  8. Declaración de concurso07/06/2019
    ⚖️ A CORUÑAProc. 241/2019Ordonnance 16/04/2019

    EDICTO D Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia de Xdo do Mercantil N.º 1 de A Coruña, Por el presente, hago saber: 1º.-Que en la sección primera de la declaración de concurso 241/2019 B seguido ante este organo judicial, se ha dictado en fecha 16 de abril de 2019 Auto de declaración de concurso de la entidad SERVICIOS INTEGRALES GRUPOMAR, S.L. con CIF B-15.798.507 y con domicilio social en Rúa Afiadores Nave 6-A, Seccion 3 Poligono industrial Rio do Pozo, de Narón, A Coruña Oleiros. 2º.- Se ha acordado determinar que las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor quedan suspendidas, siendo sustituidas por la Administracion Concursal 3º.- El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de UN MES desde la publicación del presente. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto, el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos 4º.- La identidad de la Administración concursal es la siguiente: AIDA MARÍA SUÁREZ CHOREN abogada del Ilustre Colegio de Abogados de Santiago de Compostela, con número de colegiado 1995 nombrada administradora concursal con D.N.I. número 44833027R con domicilio profesional en CAMPO DO ROSARIO, N.º 6 1.º D BOIMORTO A CORUÑA, Teléfono 639528873 correo electrónica [email protected] 5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Abogado/a (artículo 184.3 LC). A Coruña, 6 de mayo de 2019.- El Letrado de la administracion de justciia, Fernando Santiso Vazquez.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.