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Procédure collective
SERVICIOS MSI ZARAGOZA SL
CIF B50701408Voir la fiche société →
- Publications
- 4 — 27/10/2011 → 10/02/2023
- Procédure
- 210/2011
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE ZARAGOZA · Juzgado de lo Mercantil N. 1 de Zaragoza
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal10/02/2023⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE ZARAGOZA Proc. 210/2011Juge : MARIA DEL CARMEN VILLELLAS SANCHOOrdonnance 02/02/2023
informe de la administración concursal
- Otro acto concursal10/02/2023⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE ZARAGOZA Proc. 210/2011Juge : MARIA DEL CARMEN VILLELLAS SANCHOOrdonnance 02/02/2023
INFORME DE LA ADMINISTGRACIÓN CONCURSAL
- Conclusión del concurso10/02/2023⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE ZARAGOZA Proc. 210/2011Juge : JOSE MARIA CASASOLA DIAZOrdonnance 02/02/2023
PUBLICACION AUTO DANDO POR CUMPLIDO EL CONVENIO APROBADO EN EL CONCURSO DE ACREEDORES
- Otro acto concursal27/10/2011⚖️ Juzgado de lo Mercantil N. 1 de ZaragozaOrdonnance 10/10/2011
D.ª Milagros Alcón Omedes, Secrtario/a Judicial del Juzgado de lo Mercantil N. 1 de Zaragoza, anuncia: 1.- Que en la Sección I Declaración Concurso 0000210/2011, referente al deudor Servicios MSI Zaragoza, S.L., CIF B50701408 se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa. 2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial. 3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador (artículo 184.3 de la LC). Zaragoza, 10 de octubre de 2011.- El/La Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.