Accueil›Justice›SET MAKER SL

Procédure collective

SET MAKER SL

CIF B63840854Voir la fiche société →

Publications
2 — 28/01/2010 → 14/01/2013
Procédure
1161/2009
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de los de Barcelona

Chronologie du dossier

  1. Apertura de liquidación14/01/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de los de BarcelonaProc. 1161/2009Ordonnance 05/12/2012

    Edicto de conclusión de concurso Don Jesús Santiago Ortego Briongos, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de los de Barcelona y provincia. Hago saber: Que en el Concurso voluntario n.º 1161/2009, seguido en este Juzgado a instancia del Procurador Sr. Lluis Samarra i Gallach en nombre de Set Maker, S.L., con CIF n.º B-63840854 se ha dictado Auto en fecha 03/12/2012, acordando el archivo del procedimiento concursal por inexistencia de activos realizables y finalización de la fase de liquidación, dando por concluido el concurso y la disolución de la sociedad. Barcelona, 5 de diciembre de 2012.- Secretario Judicial.

  2. Declaración de concurso28/01/2010
    ⚖️ BARCELONAProc. 1161/2009Ordonnance 15/01/2010

    Edicto de declaración de concurso. Jesús Santiago Ortego Briongos Secretario Judicial del Juzgado de lo Mecantil n.º 8 de los de Barcelona, dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este Juzgado: Número de Asunto.- Concurso 1161/2009 Sección C. Fecha del Auto de Declaración.- 12/01/2010. Clase de Concurso: (Voluntario//abreviado). Entidad Concursada.- Set Maker, Sociedad Limitada, con domicilio en Barcelona, tomo 37556, folio 79, hoja B-310184, con CIF n.º B-63840854. Administradores Concursales.- D. Elisenda Vila Saborit, como abogada. Régimen de las Facultades del Concurso: (Intervenidas). Llamamiento a los Acreedores.- Los acreedores de las concursadas deberán poner en conocimiento de la administración concursal a través de la Unidad de Apoyo Concursal de los Juzgados Mercantiles, con dirección en Gran Vía de les Corts Catalanes n.º 111, Edificio C, planta 13 Barcelona (08014) la existencia de sus créditos en el plazo de quince días a contar desde la publicación en el B.O.E. Forma de Personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar en escrito independiente del escrito de comunicación de los respectivos créditos y ante la Unidad de Apoyo Concursal de los Juzgados Mercantiles. Dado en Barcelona, 15 de enero de 2010.- El Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.