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Procédure collective
SHERRY REGALOS SL
CIF B11715026Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 05/06/2009 → 05/06/2009
- Procédure
- 407/2009
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Cádiz
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal05/06/2009⚖️ CÁDIZ.Proc. 407/2009Ordonnance 29/05/2009
Edicto. El Juzgado de lo Mercantil nº de Cádiz en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 407/2009, por auto de 29 de mayo de 2009 se ha declarado en concurso Voluntarioal deudor Sherry Regalos S.L., con N.I.F.b-11715026, domicilio en Cuatro Caminos S.A. y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Jerez de la Frontera. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Cádiz, 1 de junio de 2009.- El Secretario Judicial.
- Otro acto concursal05/06/2009⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de CádizProc. 407/2009Ordonnance 01/06/2009
Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Cádiz, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 407/2009, por auto de 29 de mayo 2009, se ha declarado en concurso Voluntarioal deudor Sherry Regalos, S.L., con NIF B-11715026, domicilio en Cuatro Caminos, s/n, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Jerez de la Frontera. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Cádiz, 1 de junio de 2009.- Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.