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Procédure collective

SHOOT ONE TO ONE SA

CIF A80284524Voir la fiche société

Publications
402/04/201130/10/2020
Procédure
54/2011
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 7 DE MADRID

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal30/10/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 7 DE MADRID Proc. 54/2011Juge : RAFAEL RAFI ROIGOrdonnance 17/02/2020

    COMUNICACION ART. 5 BIS

  2. Otro acto concursal30/10/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 7 DE MADRID Proc. 54/2011Juge : JOSE RAMON GONZALEZ ORDOÑEZOrdonnance 17/02/2020

    DECLARACION DE CONCURSO

  3. Conclusión del concurso30/10/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 7 DE MADRID Proc. 54/2011Juge : FRANCESC XAVIER RAFI ROIGOrdonnance 17/02/2020

    COMUNICACION ART. 5 BIS

  4. Otro acto concursal02/04/2011
    ⚖️ MADRIDProc. 54/2011Ordonnance 09/03/2011

    Doña Virginia Montejo Ladrada, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 7 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 54/2011, por auto de 9 de marzo de 2011 se ha declarado en concurso Voluntario al deudor Shoot One To One, Sociedad Anónima, con Código Identificación Fiscal A80284524 con domicilio en la calle Anabel Segura, 10, 3.º planta 28108 de Alcobendas y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Madrid. Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de 15 días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal) e indicar específicamente en qué sección desean estar personados. Madrid, 14 de marzo de 2011.- La Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.