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Procédure collective
SIDOC SERVEIS INTERIORS SOCIEDAD LIMITADA
CIF B43817204Voir la fiche société →
- Publications
- 3 — 11/11/2009 → 28/05/2014
- Procédure
- 536/2009
Chronologie du dossier
- Declaración de concurso28/05/2014⚖️ TARRAGONAProc. 536/2009Ordonnance 20/05/2014
EDICTO El Secretario Judicial del Juzgado Mercantil de Tarragona, por el presente hace saber: Que en los autos de Concurso Voluntario de la mercantil SIDOC SERVEIS INTERIORS, S.L. (CIF B43817204 ), seguidos en este Juzgado con el n.º 536/2009, se ha dictado en fecha 14/3/14 Auto de conclusión del concurso, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Debo declarar y declaro la conclusión del concurso de SIDOC SERVEIS INTERIORS, S.L., seguido en este Juzgado de lo Mercantil con el n.º 536/2009, a instancias de SIDOC SERVEIS INTERIORS, S.L., y el archivo de las actuaciones por inexistencia de bienes y derechos del concursado ni de terceros responsables con los que satisfacer a los aceedores. Se declara la extinción de la mercantil SIDOC SERVEIS INTERIORS, S.L. (CIF n.º B43817204 ) y, como consecuencia, procédase al cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Tarragona. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación. Asimismo, se decreta el cese de la Administración Concursal. Se aprueba la rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal. Hágase público, igualmente, el presente auto de conclusión y archivo por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el Boletín Oficial del Estado y en el diario en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 21 de la Ley Concursal. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley Concursal, expídanse mandamientos al Registro Civil de, para la cancelación, en la inscripción de nacimiento correspondiente al concursado, de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del mismo así como del cese de los Administradores Judiciales e igualmente expídanse mandamientos a los Registros de la Propiedad de donde figuran inscritos los bienes y derechos del deudor para la cancelación de las anotaciones preventivas efectuadas en su día y al Registro Mercantil de Tarragona para cancelación de la anotación practicada en su día, relativa a la declaración concursal, a las facultades de administración y disposición de la concursada y del nombramiento de los Administradores Concursales, así como la relativa a la apertura de la fase de liquidación. Igualmente, se proceda al cierre de la hoja de inscripción de la mercantil concursada. líbrense para ello los correspondientes oficios y mandamientos que serán entregados al Procurador del solicitante para su inmediata remisión a los medios de publicidad y práctica de la cancelación de los asientos registrales previstos. Asimismo, remítase oficio al Juzgado Decano de Tarragona. Notifíquese la presente resolución, haciendo saber que contra la misma no cabe recurso alguno." Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente en Tarragona, 20 de mayo de 2014.- El Secretario Judicial.
- Convenio de acreedores07/05/2010⚖️ TARRAGONAProc. 536/2009Ordonnance 16/06/2010
Edicto Juzgado de Primera Instancia 7 (Mercantil) de Tarragona, El Secretario judicial del Juzgado de Primera Instancia 7 (Mercantil) de Tarragona, Por el presente, hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el nº 536/2009-2 de concurso de la mercantil "Sidoc Serveis Interiors, S.L." (CIF B43817204), se ha dictado en fecha 22-04-10 auto de finalización de la fase común del concurso y apertura de la de convenio de la mercantil concursada, habiéndose dictado la resolución cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Se declara la finalización de la fase común del concurso y la apertura de la fase de convenio, pudiendo presentar propuestas de convenio desde la convocatoria de la junta hasta 20 días antes de la fecha señalada para su celebración, por el concursado y por los acreedores cuyos créditos superen, conjunta o individualmente, una quinta parte del total pasivo resultante (art. 113.2 de la Ley Concursal). Fórmese la Sección Quinta que comprenderá todo lo relativo al convenio, su proposición, discusión aceptación, aprobación, impugnación y cumplimiento. Se convoca junta de acreedores para el próximo día 16 de junio de 2010 a las 12 horas en la Sala de Vistas de este Juzgado de lo Mercantil, sito en Av. Roma, 19. Publíquese el correspondiente edicto en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado, librándose para ello el oportuno oficio, así como mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Tarragona para la inscripción del presente auto en la hoja abierta a la concursada en ese Registro; entregándose los despachos acordados al Procurador del solicitante del concurso a fin de que proceda a su diligenciamiento. Se modifica la retribución a percibir por el Administrador Concursal, tras la oportuna revisión del activo y pasivo del concurso, fijándose los honorarios definitivos para la fase común en 756,03 euros. Notifíquese la presente resolución al concursado, a la administración concursal y a todas las partes personadas en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, que se preparará en el plazo de cinco días a partir del siguiente al de su notificación ante este juzgado, del que conocerá la Ilma. Audiencia Provincial de Tarragona y que tendrá la consideración de apelación más próxima a los solos efectos de reproducir las cuestiones planteadas en los recursos de reposición o incidentes concursales durante la fase común a que se refiere el art. 197.3 de la Ley Concursal. Así lo acuerda, manda y firma Doña María Arántzazu Ortiz González, Magistrado Juez del Juzgado Mercantil 1 Tarragona. Doy fe." Y, en cumplimiento de lo acordado, libro el presente en Tarragona, 22 de abril de 2010.- El Secretario Judicial.
- Declaración de concurso11/11/2009⚖️ TARRAGONAProc. 536/2009Ordonnance 03/11/2009
Edicto El Secretario Judicial del Juzgado de Primera Instancia 7 (Mercantil) de Tarragona, por el presente, Hace saber: Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 536/2009 se ha dictado en fecha 3-11-2009 Auto de declaración de concurso voluntario de Sidoc Serveis Interiors, S.L., con CIF B43817204, y domicilio social en C/ Blanca d'Anjou, n.º 11, 43005 Tarragona, representada por la procuradora María Jesús Muñoz Pérez y defendida por el letrado Joan Andreu Reverter Garriga, y en el que se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá conservando el concursado, quedando sometido el ejercicio de éstas a la actuación de los administradores concursales, e igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen al Administrador Concursal don Josep M.ª Benavent Micola la existencia de sus créditos. Dicha comunicación deberá presentarse ante ese Juzgado en el plazo de quince días, a contar desde el día siguiente a la publicación en el BOE del auto de declaración de concurso, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativo al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que pretenda, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. Y en cumplimiento de lo acordado libro el presente. Tarragona, 3 de noviembre de 2009.- Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.