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Procédure collective
SILTRUP BILBAO SOCIEDAD LIMITADA
CIF B95133690Voir la fiche société →
- Publications
- 6 — 18/09/2020 → 31/05/2022
- Procédure
- 836/2020
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BILBAO · Mercantil - 1 · Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Bilbao
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal31/05/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BILBAO Proc. 836/2020Ordonnance 02/05/2022
Cese de las limitaciones de las facultades de administración
- Otro acto concursal31/05/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BILBAO Proc. 836/2020Juge : FERNANDO GARCIA CAMPUZANOOrdonnance 02/05/2022
De acuerdo con el artículo 297 del Texto Refundido de la Ley Concursal, las partes personadas podrán impugnar el inventario de bienes y la lista de acreedores dentro del plazo de DIEZ DIAS a contar desde la notificación de la presente.
- Conclusión del concurso31/05/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BILBAO Proc. 836/2020Juge : ANA MARÍA IGUÁCEL PÉREZOrdonnance 02/05/2022
1.- Se modifica el plan de liquidación propuesto por la administración concursal en los términos expuestos en los fundamentos de esta resolución.
- Conclusión del concurso04/05/2022⚖️ Mercantil - 1Proc. 836/2020Juge : MARCOS BERMUDEZOrdonnance 02/05/2022
SE ACUERDA CONCLUSION CONCURSO
- Otro acto concursal08/10/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BILBAO Proc. 836/2020Juge : ANGELA SANZ RUBIOOrdonnance 09/09/2020
AUTO DECLARACIÓN CONCURSO CONSECUTIVO QUE TAMBIÉN APERTURA LA FASE DE LIQUIDACIÓN PONIENDO DE MANIFIESTA EL PLAN DE LIQUIDACIÓN APORTADO
- Apertura de liquidación18/09/2020⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de BilbaoProc. 836/2020Ordonnance 09/09/2020
Edicto El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Bilbao, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.- Que en el procedimiento número 836/2020, NIG nº 48.04.2-20/016919, por auto de 9/9/2020 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Siltrup Bilbao S.L.., con CIF B-95133690, con domicilio en Avenida Basagoiti nº 35 3º -48992 GETXO y cuyo centro de principales intereses lo tiene en el mismo domicilio La misma resolución ha acordado abrir la fase de liquidación del concurso con arreglo a lo dispuesto en el artículo 191 ter de la Ley Concursal, y ha declarado disuelta a la concursada, cesando en su función a los administradores sociales, que serán sustituidos por la administración concursal. 2.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal. 3.- Que la administración concursal está integrada por D. Iker Filloy Nieva, con D.N.I. nº 16.286.577-R Domicilio postal: Gran Via, nº 42, Ppal. Dcha. de Bilbao (Bizkaia) Dirección electrónica: [email protected] 4.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LCon. El plazo para esta comunicación es el de Un Mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. 5.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 LC) 6.- Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es Bilbao, 9 de septiembre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Fernanda Abiega.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.