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Procédure collective

SINIA DE MAR PROMOCIONS SL

CIF B64404643Voir la fiche société

Publications
617/05/201319/05/2021
Procédure
1934/2019 · 199/2013
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 9 DE BARCELONA · Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de Barcelona · MERCANTIL - 9 · Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso19/05/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 9 DE BARCELONAProc. 1934/2019Ordonnance 09/04/2021

    Auto de conclusión de concurso

  2. Otro acto concursal22/04/2021
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de BarcelonaProc. 1934/2019Ordonnance 16/04/2021

    Edicto Don Francesc Xavier Rafi Roig, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de Barcelona, Hago saber: Que en el Concurso abreviado 1934/2019 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de SINIA DE MAR PROMOCIONS, S.L, con NIF B64404643. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 481.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Barcelona, 16 de abril de 2021.- Letrado de la Administracion de Justicia, Francesc Xavier Rafi Roig.

  3. Otro acto concursal05/11/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 9 DE BARCELONAProc. 1934/2019Juge : ALONSO MERINO REBOLLOOrdonnance 09/04/2021

    PARTE DISPOSITIVA 1) DECLARACIÓN DE CONCURSO.- Declaro en situación legal de concurso -voluntario- a la entidad mercantil Pineda Sol, S. L., con domicilio social en calle Bac de Roda 30 Bajos de Barcelona tiene asignado el CIF B-61373684

  4. Apertura de liquidación21/10/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 9Proc. 1934/2019Juge : MONTSERRAT MORERA RANSANZOrdonnance 14/10/2020

    Apertura fase de liquidación

  5. Declaración de concurso28/11/2019
    ⚖️ BARCELONAProc. 1934/2019Ordonnance 31/10/2019

    Rafael Huerta García, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 9 de Barcelona, al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, Hago saber: Número de asunto. Concurso abreviado 1934/2019 Sección: C1. NIG: 0801947120198011944. Fecha del auto de declaración. 31 de octubre de 2019. Clase de concurso. Voluntario. Entidad concursada. Sinia de Mar Promocions, Sociedada Limitada, con CIF B64404643. Administradores concursales. Se ha designado como Administrador concursal a José María Fabregat Vila. Dirección postal: Calle Bruc 94, Entresuelo 3ª. 08009 Barcelona. Dirección electrónica: [email protected] Régimen de las facultades del concursado. Intervenidas. Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la Administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación. La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en avenida Gran Vía de les Corts Catalanes nº 111, Edificio C. Barcelona. Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado (artículo 184.3 Ley Concursal). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles. Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es Barcelona, 6 de noviembre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Rafael Huerta García.

  6. Declaración de concurso17/05/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de BarcelonaProc. 199/2013Ordonnance 29/04/2013

    Doña Natalia Ramos Lain, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona, Hago saber: que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 199/2013, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Sinia de Mar Promocions, S.L., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de Asunto.- Concurso Voluntario 199/2013 Sección C1. Nig del procedimiento.- 08019-47-1-2013-8000392. Entidad concursada.- Sinia de Mar Promocions, S.L., con CIF n.º B64404643. Tipo de concurso.- Voluntario. Fecha del auto de declaración.- 16-04-2013. Administrador/es concursal/es.- Don Antonio Jurado Salazar, con correo electrónico [email protected], domicilio Rbla. Catalunya, 50, 1.º, 2.ª, 08007, Barcelona (Barcelona), n.º de teléfono 932158960 y n.º fax 93 4872528. Facultades del concursado.- Intervenidas. Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán las bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse. Barcelona, 29 de abril de 2013.- La Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.