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Procédure collective
SOLADEL SL EN LIQUIDACION
CIF B81765232Voir la fiche société →
- Publications
- 1 — 12/02/2013 → 12/02/2013
- Procédure
- 542/2012
Chronologie du dossier
- Declaración de concurso12/02/2013⚖️ MADRIDProc. 542/2012Ordonnance 17/01/2013
Edicto Doña M.ª Luisa Pariente Vellisca, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.- Que en el concurso número de autos 542/2012, con número de identificación general del procedimiento 28079 1 0008494/2012, por auto de 17 de enero de 2013, se ha declarado en concurso voluntario, tramitado como abreviado, a Soladel, S.L., con CIF: B-81765232, domiciliado en Polígono Industrial Las Fuentecillas, C/ Las Castellanas, 5, 28830 San Fernando de Henares (Madrid). 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde el día que en que se les realice la comunicación por la administración concursal o bien en el supuesto de que no se haya realizado, desde el día siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaración de concurso 3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la administración concursal. 4.- La identidad de la administración concursal es Pedro Suárez Llanio el domicilio postal de la misma KPMG Abogados, Paseo de la Castellana, 95 (planta 20), 28046 Madrid, y la dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, haciéndoseles saber que los presentados en este juzgado se tendrán por no comunicados. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de abogado y procurador presentando escrito de forma separada al de comunicación de crédito ante este Juzgado. Madrid, 17 de enero de 2013.- Secretario judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.