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Procédure collective
SOLIVELLAS SOBRON SL
CIF B07545288Voir la fiche société →
- Publications
- 5 — 05/07/2018 → 10/10/2019
- Procédure
- 596/2018 · 09/2019
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE PALMA · Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma de Mallorca · Jdo. de lo Mercantil nº 2 de Palma de Mallorca
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal10/10/2019⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE PALMA Proc. 596/2018Juge : FRANCISCO JAVIER RAMIREZ DE VERGER VARGASOrdonnance 20/09/2019
Cese de las limitaciones de las facultades de administración
- Otro acto concursal10/10/2019⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE PALMA Proc. 596/2018Juge : FRANCISCO JAVIER RAMIREZ DE VERGER VARGASOrdonnance 20/09/2019
Cese de Administrador concursal
- Conclusión del concurso10/10/2019⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE PALMA Proc. 596/2018Juge : FRANCISCO JAVIER RAMIREZ DE VERGER VARGASOrdonnance 20/09/2019
Auto de conclusión de concurso
- Otro acto concursal26/09/2019⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma de MallorcaProc. 09/2019Ordonnance 20/09/2019
D. Vicente Manuel Bolufer Francia, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Palma de Mallorca, por la presente, Hago saber: Que en los autos seguidos en este Órgano Judicial con el n.º 596/18 C del procedimiento concursal de SOLIVELLAS SOBRON, S.L. se ha dictado con fecha 20/09/2019 auto, en el que se acuerda: 1. La conclusión del presente procedimiento concursal de SOLIVELLAS SOBRON, S.L., con CIF B-07545288, con conclusión y archivo de las actuaciones. 2. Aprobar las cuentas rendidas por la Administración concursal. 3. La extinción de la persona jurídica y cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil. Palma de Mallorca, 20 de septiembre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Vicente Manuel Bolufer Francia.
- Declaración de concurso05/07/2018⚖️ Jdo. de lo Mercantil nº 2 de Palma de MallorcaOrdonnance 20/06/2018
Don Vicente Manuel Bolufer Francia, Letrado de la Administración de Justicia de Jdo. de lo Mercantil nº 2 de Palma de Mallorca, por el presente, Hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº concurso ordinario 596/18-c y nig nº 07040 47 1 2018 0001576 se ha dictado en fecha 20 de junio de 2018 Auto de declaración de concurso voluntario del deudor Solivellas Sobron S.L. con CIF B-07545288 con domicilio social en calle Veri nº5 Palma de Mallorca. 2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. 3.º Se ha designado, como administración concursal a don ARIANO HERNÁNDEZ MONTES, con D.N.I. número 74636577J, con domicilio profesional en calle Joan March, Nº 8 2º 2º Palma 07004 número de teléfono 93 2386739 número de fax 93 2386736 Y dirección de correo electrónico [email protected], para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 4.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá presentarse directamente a la Administración Concursal en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse o remitirse al domicilio designado al efecto por la Administración Concursal. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará por el acreedor un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito. Salvo que los títulos o documentos figuren inscritos en un registro público, la administración concursal podrá solicitar los originales o copias autorizadas de los títulos o documentos aportados, así como cualquier otra justificación que considere necesaria para el reconocimiento del crédito. 5.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público concursal www.publicidadconcursal.es 6.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artº 184.3 Ley Concursal). Palma de Mallorca, 2 de julio de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.