Accueil›Justice›SOUSA Y OMAÑA SL
Procédure collective
SOUSA Y OMAÑA SL
CIF B80655830Voir la fiche société →
- Publications
- 3 — 16/10/2009 → 23/04/2016
- Procédure
- 665/2009
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso23/04/2016⚖️ MADRIDProc. 665/2009Ordonnance 17/11/2014
D.ª María Jesús Palmero Sandín, Secretaria judicial del Juzgado Mercantil 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 665/2009, por auto de 17 de noviembre de 2014, se ha acordado la conclusión del concurso Voluntario de la entidad Sousa y Omaña, S.L. con C.I.F. B80655830, así como el cese del Administrador concursal D. Jesús Riesco Milla. 2.º Asimismo, se ha aprobado la rendición de cuentas presentada por la administración concursal y se ha declarado la extinción de la entidad. Madrid, 8 de abril de 2016.- Letrada de la Administración de Justicia.
- Apertura de liquidación19/09/2012⚖️ MADRIDProc. 665/2009Ordonnance 04/09/2012
Edicto. María Jesús Palmero Sandín, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, anuncia: Que en el procedimiento concursal 665/2009 referente al concursado Sousa y Omaña, S.L. C.I.F. B-80655830 por auto de fecha cuatro de septiembre de dos dos mil doce se ha acordado lo siguiente: 1.- Declarar finalizada la fase común del presente procedimiento concursal del deudor Sousa y Omaña, S.L., con C.I.F. B-80655830. 2.- Abrir la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución. 3.- Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la L.C. 4.- Se declara disuelta la mercantil indicada en el punto uno anterior, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. 5.- Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este tribunal y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado con carácter gratuito. 6.- Inscríbase, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos al Registro Mercantil de Madrid y en su caso, a los Registros de la Propiedad en los que consten inscritas fincas/bienes a nombre de la concursada, una vez firme la presente resolución. Madrid, 4 de septiembre de 2012.- La Secretaria Judicial.
- Otro acto concursal16/10/2009⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de MadridProc. 665/2009Ordonnance 08/10/2009
Edicto. Doña María del Carmen Oria Fernandez Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 665/2009, por auto de siete de octubre de dos mil nueve, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Sousa Omaña s.l., con C. I. F. B-80655830, con domicilio en C/ Castelló nº 36 (Madrid). 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en elartículo 85 de la LC. 4º.- El plazo para esta comunicación el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletin Oficial del Estado. 5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparece en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3). Madrid, 8 de octubre de 2009.- Secretaria Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.