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Procédure collective
STERNA MES QUE VELA SL
CIF B65953473Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 20/02/2018 → 27/02/2018
- Procédure
- 560/2015
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de Barcelona
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal27/02/2018⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de BarcelonaProc. 560/2015Ordonnance 09/02/2018
Edicto Don Francesc Xavier Rafi Roig, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de Barcelona, Hago saber: Que en el concurso abreviado 560/2015 se dictó un Auto por el que se ha declarado concluso por liquidación, el concurso de STERNA MES QUE VELA, S.L., con NIF B65953473, con domicilio social en c/ Lepanto, 282, 4.º 2.ª Barcelona. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art.177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Barcelona, 9 de febrero de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal20/02/2018⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de BarcelonaProc. 560/2015Ordonnance 09/02/2018
Francesc Xavier Rafi Roig, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 9 de Barcelona, Hago saber: Que en el concurso abreviado 560/2015 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso por liquidación, el concurso de STERNA MES QUE VELA, S.L., con NIF B65953473, con domicilio social en C/ Lepanto, 282, 4.º 2.ª, Barcelona. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Barcelona, 9 de febrero de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.