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Procédure collective

SUBTROPICAL VALENCIA SOCIEDAD LIMITADA

CIF B96007703Voir la fiche société

Publications
217/05/201423/05/2017
Procédure
98/2014 · 04/2014
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil num. 3 de Valencia

Chronologie du dossier

  1. Declaración de concurso23/05/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil num. 3 de ValenciaProc. 98/2014Ordonnance 03/05/2017

    D./Dña. Cristina M.ª Valero Domenech, Letrado/a Admon Justicia del Juzgado de lo Mercantil num. 3 de Valencia, por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores num. 98/2014 habiéndose dictado en fecha 3 de mayo de 2017 por el Ilmo./a Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil N.º 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso Voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor: Parte dispositiva Acuerdo: 1.-Se Declara la conclusión del concurso Abreviado voluntario tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 98/2014, promovido por el/la Procurador/a Sr/a Montes Reig, Ignacio, en nombre y representación de la mercantil Subtropical Valencia SL, y el Archivo de las presentes sin más tramite. 2.-Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación 3.-Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D/Dª Elisabeth Monika Tesch, con NIF N.º X-0041389-N, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal. 4.-Se acuerda declarar la Extinción de la mercantil Subtropical Valencia SL, con C.I.F., B96007703, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (Art. 177 de la L.C.) y tiene carácter de firme. 5.- Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 6 de marzo de 2017. Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el BOE de forma gratuita (Disposición Transitoria segunda del R.D.L. 3/2009) y en el BORME, y asimismo en el tabón de anuncios del Juzgado, y mandamientos que se entregarán al/la Procurador/a de la concursada Montes Reig, Ignacio a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaria de éste Juzgado, acreditación de haber presentado en el BOE y RPC los referidos edictos Llévese el original al libro de Autos Definitivos, dejando copia testimoniada en su lugar, e igualmente llévese testimonio de esta resolución a la Sección 2.ª del Concurso. Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 LC) Así por este Auto, lo pronuncia manda y fima S. S.ª Doy fé El/La Magistrado/a Juez/a El/La Letrado/a Admon Justicia Valencia, 3 de mayo de 2017.- El/La Letrado/a Admon Justicia.

  2. Declaración de concurso17/05/2014
    ⚖️ VALENCIAProc. 04/2014Ordonnance 17/04/2014

    Doña Cristina María Valero Domenech, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores núm. 000098/2014, habiéndose dictado en fecha 17/04/2014, por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de SUBTROPICAL VALENCIA, S.L. con CIF B96007703, decretándose la intervención de las facultades de la mercantil, habiéndose designado administrador concursal a doña Elisabeth Monika Tesch, con domicilio profesional en calle Maestro Cleve, n.º 2-4.ª, Valencia, teléfono 96-3517195, y correo electrónico [email protected], expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del art. 85 LC. Valencia, 17 de abril de 2014.- La Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.