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Procédure collective

SUNSHINE PROPERTIES OWNER SL

CIF B92194034Voir la fiche société

Publications
515/12/201411/09/2025
Procédure
1418.01/2014 · 1418/2014
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA · MERCANTIL - 1

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal11/09/2025
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 1418.01/2014Juge : JORGE CUELLAR OTONOrdonnance 15/07/2025

    Acuerdo la conclusión definitiva del concurso, cesando todos los efectos de su declaración. Cesa en su cargo el administrador concursal, aprobándose las cuentas formuladas. Reconocer el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho. El beneficio e

  2. Conclusión del concurso11/09/2025
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 1418.01/2014Ordonnance 15/07/2025

    Auto de conclusión de concurso

  3. Otro acto concursal12/09/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 1418.01/2014Juge : MARIA EUGENIA LOPEZ-JACOIESTE RICOOrdonnance 15/07/2025

    EDICTO ANUNCIA DECLARACION DE CONCURSO Y LA CONCLUSION ARCHIMO POR INSUFICIENCIA DE LA MASA ACTIVA , CESANDO LAS LIMITACION DE LAS FACULTADES DE ADMINISTRACION Y DISPOSICION DLE DEUDOR Y SE PROCEDE A DECLARAR SU EXTINCION

  4. Otro acto concursal09/09/2022
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 1418/2014Juge : JOSE MARIA CASASOLA DIAZOrdonnance 02/09/2022

    Presentación del plan de liquidación de los bienes y derechos del concursado, elaborado por la administración concursal.

  5. Otro acto concursal15/12/2014
    ⚖️ MÁLAGAProc. 1418/2014Ordonnance 02/12/2014

    El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Málaga, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 1418/2014 (NIG 2906742M2014000264) por auto de fecha 27/10/2014, se ha declarado en concurso voluntario al deudor SUNSHINE PROPERTIES OWNER, S.L., con CIF B-92194034, domicilio en Mijas, Málaga y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 2.º Que el deudor ha sido suspendido de sus facultades atribuyéndose las mismas a la Administración Concursal. 3.º Que la Administración Concursal la integra: DON JUAN JOSÉ RUIZ DE ADANA BELLIDO, provisto de DNI 25864510-K; Español, mayor de edad, con vecindad civil común, domicilio y dirección postal calle Cruz Roja, número 2, piso quinto, 23007 Jaén, vecino de Jaén. Tfno.: 953256803-606447285. Profesión: Letrado y con dirección de correo electrónico [email protected] que designa a los efectos de comunicación de créditos. 4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artículos 184 y 185 de la LC deberán personarse en la sección primera y presentar su crédito en la sección cuarta, haciéndoles saber que deberán hacerlo en sendos escritos diferentes. De presentarse un solo escrito en el que conste el crédito se entenderá que sólo notifican o insinúan el mismo. 6.º Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal. Málaga, 2 de diciembre de 2014.- Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.