Procédure collective
TABELLA SL
CIF B60331626Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 06/05/2014 → 18/04/2017
- Procédure
- 134/2014
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia
Chronologie du dossier
- Apertura de liquidación18/04/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaOrdonnance 20/03/2017
EDICTO Doña CRISTINA M.ª VALERO DOMENECH, Letrada de la Admon. Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia,por el presente, Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 000134/2014 habiéndose dictado en fecha 20 de marzo de 2017 por la Ilma. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Valencia Auto firme de conclusión del concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor: "1.-Se declara la conclusión del Concurso Abreviado Voluntario tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 000134/2014,promovido por el Procurador Sr. Vicente Javier García López,en nombre y representación de la mercantil Tabella, Sociedad Limitada, Federico Ortells Pérez y María José Méndez Blanco, en virtud de la finalización de la fase de liquidación, por haberse distribuido la masa activa al no existir más activos con los que satisfacer a los acreedores pendientes; y al archivo de las presentes actuaciones sin más trámite. 2.-Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor,salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. 3.-Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D. Carlos Javier Muñoz Montagut, con NIF n.º 24.337.781-D, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal. 4.-Se acuerda declarar la extinción de la mercantil Tabella, Sociedad Limitada, con CIF B60331626, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art.177 de la LC) y tiene carácter de firme. 5.-Así mismo se acuerda la publicidad registral necesaria con respecto de los concursados personas físicas don Federico Ortells Pérez y doña María José Méndez Blanco,con NIF N.º 22525912B Y 10181842H, respectivamente, para cuyo efecto remítanse los respectivos oficios al Registro Civil de Valencia y Gijón a los fines de que proceda a la cancelación, en la inscripción de nacimiento correspondiente al concursado, de las limitaciones de las facultades de administración y disposición de mismo así como del cese de los administradores judiciales. Por lo que se refiere a los nacimientos de las personas naturales, don Federico Ortells Pérez, se hallan inscritos en el Registro Civil de Valencia, sección 1.ª, al tomo 547,página 270 vto; y doña María José Méndez Blanco,en el Registro Civil de Gijón (Asturias), sección 1.ª, al tomo 114-2, página 15. 6.-Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 22 de diciembre de 2016." Valencia, 20 de marzo de 2017.- La Letrada Admon. Justicia.
- Declaración de concurso06/05/2014⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaProc. 134/2014Ordonnance 31/03/2014
Doña Cristina María Valero Domenech, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, Por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 134/2014, habiéndose dictado en fecha 31 de marzo de 2014 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de Tabella, S.L., con CIF B60331626, Federico Ortells Pérez, con DNI 22525912B, y María José Méndez Blanco, con DNI 10181842H, decretándose la suspensión de las facultades de los mismos; habiéndose designado administrador concursal a D. Carlos Javier Muñoz Montagut, con NIF n.º 24.337.781-D, con despacho profesional en Valencia, G.V. Marqués del Turia, 62, 1.º-1.ª, teléfono 963162920, y correo electrónico [email protected], expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del art. 85 LC Valencia, 31 de marzo de 2014.- La Secretaria Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.