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Procédure collective

TABLOLIVE SOCIEDAD LIMITADA

CIF B23672538Voir la fiche société

Publications
515/06/202225/02/2025
Procédure
454/2023
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE JAÉN · Mercantil - 1

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal25/02/2025
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE JAÉNProc. 454/2023Juge : SARA RODRIGUEZ HUERTASOrdonnance 22/08/2024

    Se ha dictado auto de aprobación del plan de liquidación presentado por la administración concursal , y acordado la formación de la Sección sexta de Calificación del concurso.

  2. Conclusión del concurso13/02/2025
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 454/2023Juge : EVA ALBA PULIDOOrdonnance 07/02/2025

    Se declara concurso el concurso y se acuerda el archivo de las actuaciones judiciales por insuficiencia de la masa activa. Se acuerda la extinción de la sociedad.

  3. Declaración de concurso06/09/2024
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 454/2023Juge : EVA ALBA PULIDOOrdonnance 22/08/2024

    Se declara en concurso voluntario a TABLOLIVE, S.L. Concurre pasivo: 1.222.707,48 euros. Llamamiento acreedores que representen, al menos, el 5% del pasivo, puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal en el plazo de 15 días.

  4. Otro acto concursal15/06/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE JAÉNProc. 454/2023Juge : TERESA VAZQUEZ PIZARROOrdonnance 22/08/2024

    Abrir la fase de liquidación del concurso. 2.- Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3- Se declara disuelta la entidad concursada, cesando en su función sus administradores

  5. Conclusión del concurso15/06/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE JAÉNProc. 454/2023Juge : JORGE CUELLAR OTONOrdonnance 22/08/2024

    1.SE DECLARA CONCLUIDO CONCURSO DE ACREEDORES.2.QUEDAN SIN EFECTO Y SE ALZAN LIMITACIONES DE ADMINISTRACION.3.SE ACUERDA EXTINCION DE GRUPO SONIMOBEL SL.4. POSIBILIDAD DE REAPERTURA EN EL PLAZO DE UN AÑO.5. SE APRUEBA RENDICION DE CUENTAS FORMULADA.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.