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Procédure collective

TACOVALLE SL

CIF B03578572Voir la fiche société

Publications
1107/04/202118/11/2025
Procédure
143/2021
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE ALICANTE · Mercantil - 4 · Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de Alicante

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal18/11/2025
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE ALICANTE Proc. 143/2021Juge : MAXIMO JOSE PERTUSA GUILLENOrdonnance 30/06/2025

    AUTO CONCURSO

  2. Otro acto concursal18/11/2025
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE ALICANTE Proc. 143/2021Juge : PEDRO JOSE MALAGON RUIZOrdonnance 30/06/2025

    Auto declarando en concurso voluntario consecutivo a D. Manuel Vicente Loreto Marquez

  3. Conclusión del concurso18/11/2025
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE ALICANTE Proc. 143/2021Ordonnance 30/06/2025

    Auto de conclusión de concurso

  4. Conclusión del concurso02/07/2025
    ⚖️ Mercantil - 4Proc. 143/2021Juge : JULIÁN DOMÍNGUEZ FERNÁNDEZOrdonnance 30/06/2025

    Se ha acordado la CONCLUSIÓN del procedimiento

  5. Otro acto concursal05/07/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE ALICANTE Proc. 143/2021Ordonnance 26/04/2021

    Resolución sobre las facultades de administración

  6. Apertura de liquidación05/07/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE ALICANTE Proc. 143/2021Ordonnance 26/04/2021

    Auto de apertura de la fase de liquidación

  7. Otro acto concursal05/07/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE ALICANTE Proc. 143/2021Juge : MIGUEL ANGEL CHAMORRO GONZALEZOrdonnance 26/04/2021

    DECLARACION CONCURSO CONSECUTIVO

  8. Declaración de concurso05/07/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE ALICANTE Proc. 143/2021Ordonnance 26/04/2021

    Auto de declaración de concurso

  9. Otro acto concursal28/05/2021
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de AlicanteOrdonnance 20/05/2021

    Edicto. Fco. Javier Arques Galiana Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de Alicante, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, (Art 35 TRLC) hago saber: Primero.- Que por Auto de fecha 26-4-2021 en el procedimiento con número de autos Concurso Abreviado 000143/2021 y N.IG. 03014-66-1-2021-0000548 se ha declarado en concurso al deudor Tacovalle, S.L. con CIF B-03578572 con domicilio Polígono Industrial Campo Alto, parcela 38, Elda (Alicante), CP 03600. Segundo.- Que al deudor le han sido suspendidas sus facultades de Administración y disposición siendo función de la Administración Concursal. Tercero.- Que ha sido nombrado Administrador Concursal López Bassets y Serrano Administradores Concursales, SLP con CIF B54605050 y domicilio postal Calle Portugal, 39, 2.º dcha, 03003, Alicante, correo electrónico [email protected], teléfono 965126366 y Fax 965133363 para que los acreedores, efectúen a su elección la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal (art 256-258 TRLC). La dirección electrónica del Registro Público Concursal es www.publicidadconcursal.es a efectos del artículo 35 TRLC. Cuarto.-Que los acreedores del concursado deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente en el "Boletín Oficial del Estado". Alicante, 20 de mayo de 2021.- El Letrado A. Justicia, Javier Arques Galiana.

  10. Otro acto concursal07/04/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE ALICANTE Proc. 143/2021Juge : LETRADO ADMINISTRACION DE JUSTICIAOrdonnance 16/12/2021

    AUTO DECLARACION CONCURSO

  11. Otro acto concursal07/04/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE ALICANTE Proc. 143/2021Juge : MARÍA SALOMÉ MARTÍNEZ BOUZASOrdonnance 16/12/2021

    Acuerdo: 1.- Declarar en concurso a la entidad mercantil ¿FIGARJO, S.L.¿, con CIF. B- 70027214, con domicilio social actual de la compañía en la C/ Carmen Santiso,14, 1º D, en Santa Comba (A Coruña).

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.