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Procédure collective
TALLERES OLICAR SOCIEDAD LIMITADA
CIF B43382183Voir la fiche société →
- Publications
- 1 — 04/08/2018 → 04/08/2018
- Procédure
- 332/2018
Chronologie du dossier
- Declaración de concurso04/08/2018⚖️ TARRAGONAProc. 332/2018Ordonnance 27/07/2018
Don Joan Holgado Esteban, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Tarragona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber: Número de asunto. Concurso nº 332/2018 Sección: 3. NIG: 4314847120188006906. Fecha del auto de declaración. 20-7-18. Clase de concurso. Voluntario abreviado. Entidad concursada. TALLERES OLICAR, S.L., con cif B43.382.183, con domicilio en Calle Bóbila, s/n (antes c/ Disseminats, n.º 10), Polígono Industrial "Avenar", 43.883, de Roda de Bará (Tarragona). Administración concursal. Se ha designado como Administrador Concursal: a M & M Abogados Partnership SLP, con dirección postal en c/ Balmes, 186, 2.º, 1.ª, 08006, de Barcelona, email [email protected] y teléfono de contacto 93.238.67.39. Régimen de las facultades del concursado.Intervención de facultades. Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la Administración Concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas,a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento yclasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación. La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Roma,19 - Tarragona. Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado (art.184.3 LC). La personación se debe realizar en esta Oficina judicial. Tarragona, 27 de julio de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.