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Procédure collective

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CIF B50043348Voir la fiche société

Publications
310/11/201001/06/2016
Procédure
354/2010
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Zaragoza anuncia: 1 · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Zaragoza

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso01/06/2016
    ⚖️ ZARAGOZAOrdonnance 18/05/2016

    E D I C T O D.ª Tomasa Hernández Martín, Letrada de la Administración de justicia del juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza, hago saber: Primero. Que en el procedimiento concursal número 352/10-F se ha dictado el 18/05/16 Auto de conclusión por insuficiencia de masa activa del concurso del deudor "Talleres Sadaba, S.L.", CIF B-50043348. Segundo. En dicho Auto, se ha acordado la conclusión del concurso y el archivo de las actuaciones, el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, se ha aprobado la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal y se ha acordado el cierre de la hoja de inscripción en el Registro Mercantil. Tercero. Contra el Auto de conclusión no cabe recurso. Zaragoza, 18 de mayo de 2016.- La Letrada de la Administracion de Justicia.

  2. Otro acto concursal25/01/2011
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Zaragoza anuncia: 1Proc. 354/2010Ordonnance 10/01/2011

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Zaragoza anuncia: 1. Que en el procedimiento concursal número 354/2010-F referente al deudor " Talleres Sadaba, S.L.", con CIF número B50043348 y domiciliada en 50171 La Puebla de Alfindén (Zaragoza), Camino de la Ermita, nave 5, sin número, inscrita en el Registro Mercantil de Zaragoza, al tomo 1432, folio 222, hoja número Z-0838, se ha presentado el informe de la administración concursal al que se refiere el capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2. Dentro del plazo de diez días, computado desde la notificación de la resolución a la partes personadas y para el resto de los interesados desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, los interesados, que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. 3. Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador. Zaragoza, 10 de enero de 2011.- La Secretaria Judicial.

  3. Declaración de concurso10/11/2010
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de ZaragozaOrdonnance 01/10/2010

    Edicto Doña Tomasa Hernández Martín, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Zaragoza, por el presente, hago saber: 1.º- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º sección I, declaración concurso 0000352/2010-f, se ha dictado, a instancias de "Talleres Sádaba, S.L.", en fecha 1 de octubre de 2010, auto de declaración de concurso voluntario de la mercantil "Talleres Sádaba, S.L.", con CIF número B50043348, y domiciliada en C.P. 50171 La Puebla de Alfindén (Zaragoza), Camino de la Ermita, nave 5, sin número. Inscrita en el Registro Mercantil de Zaragoza, al tomo 1.432, folio 214, hoja número Z-9.938, inscripción 4.ª, cuyo centro de intereses principales los tiene en La Puebla de Alfindén (Zaragoza). 2.º- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. 3.º- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de quince días a partir de la última fecha de publicación de este edicto, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representacion suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose, en todo caso, originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. 4.º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (art. 184.3 Ley Concursal). Zaragoza, 1 de octubre de 2010.- El/La Secretario/a Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.