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Procédure collective
TAO CLOUD NETWORKS SL
CIF B86350410Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 18/06/2019 → 23/11/2020
- Procédure
- 499/2019
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal23/11/2020⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de MadridProc. 499/2019Ordonnance 18/11/2020
Edicto La Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid, Anuncia: 1.º Que en el procedimiento Concurso Abreviado 499/2019 por auto de fecha 13/11/2020 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa de la mercantil TAO CLOUD NETWORKS, S.L., con CIF B-86350410 y domicilio social en Calle Valentín Beato, 22, bajo, 39, 28037 de Madrid. 2.º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes. 3.º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art. 485 TRLC, declarar su extinción. Madrid, 18 de noviembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Irene Ortiz Plaza.
- Otro acto concursal18/06/2019⚖️ MADRIDProc. 499/2019Ordonnance 10/06/2019
EDICTO Doña Irene Ortiz Plaza, Letrada de la Administración de Justicia y del Jugado de lo Mercantil nº 5 de Madrid, Hace saber: 1.- Que en el concurso Concurso Abreviado 499/2019, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2019/0024708, por auto de fecha 10 de junio de 2019, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a TAO CLOUD NETWORKS, S.L., con CIF B-86350410, y domiciliado en calle Valentín Beato 22, bajo 39, 28037, Madrid. 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal. 4.- La identidad de la Administración concursal es LE QUID, S.L.P., con domicilio postal en calle Capitán Haya, 1, planta 15, 28020, Madrid, y dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es 7.- Que el concursado ha solicitado la Liquidación de su patrimonio. Madrid, 13 de junio de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Irene Ortiz Plaza.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.