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Procédure collective
TECAVAN SL EN LIQUIDACION
CIF B84137876Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 26/11/2009 → 25/03/2010
- Procédure
- 741/2009 · 3/2009
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil nº 4 de Madrid
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal25/03/2010⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 4 de MadridProc. 741/2009Ordonnance 04/03/2010
El Juzgado de lo Mercantil nº 4 de Madrid, anuncia: 1.- Que en el procedimiento concursal número 741/2009 referente al deudor Tecavan, S.L. con C.I.F. B84137876, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2.- Dentro del plazo de diez días, computados: para los personados desde la notificación de la resolución; y para el resto de los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado, y en el tablón de anuncios del Juzgado, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. 3.- Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador. Madrid, 4 de marzo de 2010.- El/La Secretario Judicial.
- Otro acto concursal26/11/2009⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de MadridProc. 3/2009Ordonnance 27/10/2009
El Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la ley concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento n.º 741/09, por auto de 27 de Octubre de 2009 se ha declarado en concurso voluntario a los deudores Tecavan, S.L., cif B84137876 Y Tecavan Electricidad S.L.U. CIF B85212926, con domicilio en Madrid C/ Velázquez, 46, escalera C, 3º izquierda. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios del Juzgado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). 5.º Que ha sido nombrado Administrador concursal doña Violeta María Rodríguez Navarro con despacho profesional. 6.º Según Real Decreto 3/2009 la publicación del Edicto en el B.O.E. es gratuita. Madrid, 27 de octubre de 2009.- La Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.