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Procédure collective

TECHNISA-2002 SL

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1 — 07/03/2017 → 07/03/2017

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal07/03/2017
    ⚖️ CASTELLÓN DE LA PLANAOrdonnance 17/01/2017

    Don Jorge González Rodríguez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Hago saber: Primero: Que por Auto de fecha 17 de enero de 2017,dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado, número 000563/16, NIG número 12040-66-2-2016-0000670, seguido en este Juzgado, se ha declarado en Concurso Voluntario y Abreviado al deudor On Site Machining, S.L., domiciliado en calle Gobernador, 2 3 B de Castellón y CIF/DNI número B12368049 y Technisa 2002, S.L., CIF B12545992, domicilio en Grau de Castelló, polígono Industrial Serrallo, c/La Térmica, s/n. Segundo: Que se ha determinado el régimen de Intervención de las facultades de administración y disposición de su patrimonio por el concursado. Tercero: Que se ha designado como Administrador Concursal a don Manuel Grandio Botella, con domicilio en Avenida Rey Don Jaime, 62, Entresuelo B, 12001 Castellón y dirección electrónica [email protected],a través de los cuales podrán los acreedores, a su elección, efectuar la comunicación de sus créditos, de conformidad con el artículo 85 LC. Cuarto: Que el plazo para comunicar los créditos a la administración concursal será de un mes a contar desde el siguiente a la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. Quinto: La comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al efecto dirigido a este Juzgado, deberá realizarse mediante representación por Procurador/a y asistencia de Letrado/a, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas. Castellón de la Plana, 14 de febrero de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.