AccueilJusticeTECNA 2000 CARRETILLAS SL

Procédure collective

TECNA 2000 CARRETILLAS SL

CIF B31674948Voir la fiche société

Publications
314/04/201123/07/2012
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña

Chronologie du dossier

  1. Declaración de concurso23/07/2012
    ⚖️ PAMPLONAOrdonnance 27/06/2012

    El Juzgado de lo Mercantil de Pamplona/Iruña, anuncia: 1.- Que en el procedimiento concursal número 0000230/2011 se ha dictado el 27 de junio de 2012 sentencia que es firme, aprobando judicialmente el convenio propuesto por Tecna 2000 Carretillas, S.L., y aceptado en adhesiones por escrito y personales celebradas ante el Juzgado de lo Mercantil de Navarra, no habiéndose formulado oposición a la aprobación judicial del convenio por los legitimados para hacerlo, conforme dispone el artículo 128 LC. 2.- El fallo de la Sentencia contiene los siguientes particulares Declaro aprobado el Convenio propuesto por la entidad Tecna 2000 Carretillas, S.L., con NIF n.º B31674948, y domicilio en Polígono Industrial Arazuri Orcoyen, C/ C, nave 5-7, y Villafranca, 7, 9.º C, de Arazuri, que fue aceptado adhesiones por escrito y personales presentadas ante el Juzgado de lo Mercantil de Navarra. Desde la fecha de esta sentencia, cesarán todos los efectos de la declaración de concurso de la referida sociedad, quedando sustituidos por los que se establecen en dicho convenio, sin perjuicio del mantenimiento de los deberes de colaboración e información del deudor previstos en la legislación concursal. Desde la fecha de esta sentencia, cesan en su cargo los administradores concursales. Pamplona/Iruña, 27 de junio de 2012.- El/la Secretario Judicial.

  2. Convenio de acreedores07/09/2011
    ⚖️ PAMPLONAOrdonnance 04/07/2011

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.° 1 de Pamplona/lruña anuncia: 1. Que en el procedimiento concursal número 0000230/2011 referente al deudor Tecna 2000 Carretillas, S.L., con C.I.F.: B31674948, con domicilio domicilio en Polígono Industrial Arazuri Orcoyen C/c, nave 5-7, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores, así como escrito de evaluación e informe de viabilidad de la propuesta anticipada de Convenio. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Oficina Judicial, así como obtener copias, a su costa. 2. En resolución de esta misma fecha se ha acordado comunicar la presentación de dicho informe en el tablón de anuncios del Juzgado, así como en el BOE. Dentro del plazo de diez días, computado desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el B.O.E, cuyos destinatarios son todos los acreedores no personados en el presente concurso de la entidad concursada, los interesados podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. 3. Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador. 4. Conforme a lo estipulado en el artículo 108 L.C., desde la admisión a trámite de la propuesta anticipada de convenio y hasta la expiración del plazo de impugnación del inventario y de la lista de acreedores, cualquier acreedor podrá manifestar su adhesión a la propuesta con los requisitos y en la forma establecidos en la L.C., plazo que para los acreedores no personados finaliza dentro del plazo de diez días, que se computará desde el día siguiente a la publicación del edicto en el B.O.E., obteniendo copia del informe a su costa. Pamplona/Iruña, 4 de julio de 2011.- El/La Secretario/a judicial.

  3. Otro acto concursal14/04/2011
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/IruñaOrdonnance 29/03/2011

    Edicto. El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 0000230/2011, por auto de 29 de marzo de 2011 se ha declarado en concurso de materia voluntaria a la deudora "Tecna 2000 Carretillas, S.L.", con C.I.F. B-31674948, con domicilio en polígono Industrial "Aranzuri Orcoyen", calle C, nave 5-7, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Pamplona. 2.º Que la deudora conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores de la concursada deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el siguiente día a la publicación del auto declarando el concurso en el "Boletín Oficial del Estado". 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 de la LC). Pamplona/Iruña, 29 de marzo de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.