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Procédure collective

TECNICERAMICA SOCIEDAD ANONIMA EN LIQUIDACION

CIF A12421962Voir la fiche société

Publications
710/09/201912/06/2026
Procédure
323/2019 · 000323/2019
Tribunal
SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE CASTELLÓ DE LA PLANA N.º 1 · MERCANTIL DE CASTELLÓ DE LA PLANA Nº 001 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA · Juzgado de lo Mercantil num. 1 de Castellón

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso12/06/2026
    ⚖️ SECCIÓN DE LO MERCANTIL DEL TRIBUNAL DE INSTANCIA DE CASTELLÓ DE LA PLANA N.º 1Proc. 323/2019Juge : ALEJANDRINA ARÁNZAZU PERIS MARTÍNEZOrdonnance 11/06/2026

    Que acuerdo la CONCLUSION del CONCURSO DE ACREEDORES, de carácter VOLUNTARIO, de la entidad TECNICERAMICA S.A, con CIF A-12421962

  2. Otro acto concursal09/12/2025
    ⚖️ MERCANTIL DE CASTELLÓ DE LA PLANA Nº 001Proc. 323/2019Juge : VICTOR MARTIN GALLEGO GUILLENOrdonnance 25/11/2025

    Se ha presentado escrito por la administración concursal solicitando la conclusión del concurso y aportando el informe final y la rendición de cuentas.

  3. Otro acto concursal23/02/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000323/2019Juge : VICTORIA DE LOS ANGELES LARA DOMINGUEZOrdonnance 09/07/2020

    No constando ningún acreedor personado, publíquese el informe definitivo en el Registro Concursal y en el tablón de anuncios del juzgado.

  4. Apertura de liquidación22/01/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000323/2019Ordonnance 19/11/2019

    Auto de apertura de la fase de liquidación

  5. Otro acto concursal08/09/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000323/2019Juge : JORGE DE LA RUA NAVARROOrdonnance 09/07/2020

    Se acuerda la apertura de la fase de liquidación de las sociedades INVERSIONES GRUPO GOMEZ ORTIZ SL, PROMOCIONES GOMEZ ESTREDER SAU Y HOGARES 51 SL, lo que conlleva el cese de la Administración societaria.

  6. Otro acto concursal29/07/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 000323/2019Juge : YOLANDA RIOS LOPEZOrdonnance 19/11/2019

    Las partes personadas, que se consideren perjudicadas, pueden impugnar el inventario de los bienes y la lista de acreedores en el plazo de DIEZ días desde la

  7. Otro acto concursal10/09/2019
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil num. 1 de CastellónProc. 323/2019Ordonnance 09/07/2019

    Edicto Dña. María Nieves Pérez Ibáñez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil num. 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, hago saber: Primero: Que por Auto de fecha 9 de julio de 2019, dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado (CNA), nº 323/2019, N.I.G. nº 12040-66-1-2019-0000353, seguido en este Juzgado, se ha declarado en Concurso Voluntario y Abreviado al deudor " Tecniceramica, S.A.", domiciliado en Ctra. Ribesalbes s/n de la localidad de Alcora 12110 (Castellón) y CIF nº A12421962. Segundo: Que se ha determinado el régimen de Intervención de las facultades de administración y disposición de su patrimonio por el concursado. Tercero: Que se ha designado como Administrador Concursal a D. Xavier Domenech Orti, con domicilio en C/ Conde de Xiquena, 4, 4º, izquierda Madrid 28004 y dirección electrónica [email protected] a través de los cuales podrán los acreedores, a su elección, efectuar la comunicación de sus créditos, de conformidad con el artículo 85 LC. Cuarto: Que el plazo para comunicar los créditos a la administración concursal será de UN MES a contar desde el siguiente a la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. Quinto: La comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al efecto dirigido a este Juzgado, deberá realizarse mediante representación por Procurador/a y asistencia del Letrado/a, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas. Castellón, 31 de julio de 2019.- La Letrado de la Administración de Justicia, Dña. María Nieves Pérez Ibáñez.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.