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Procédure collective

TEIDE REFRACTORY SOLUTIONS SL

CIF B08614281Voir la fiche société

Publications
628/05/201107/10/2024
Procédure
184/2011
Tribunal
Mercantil - 3

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso07/10/2024
    ⚖️ Mercantil - 3Proc. 184/2011Juge : BERTA PELLICER ORTIZOrdonnance 26/09/2024

    Acuerda la conclusión del concurso por cumplimiento de convenil. Ver resolución completa en archivo adjunto.

  2. Declaración de concurso04/07/2024
    ⚖️ Mercantil - 3Proc. 184/2011Juge : BERTA PELLICER ORTIZOrdonnance 28/06/2024

    Acuerda declarar cumplido íntegramente el convenio suscrito por la parte concursada con sus acreedores. Ver resolución completa en archivo adjunto.

  3. Declaración de concurso01/03/2012
    ⚖️ BARCELONAProc. 184/2011Ordonnance 09/01/2012

    Edicto. Doña Natalia Ramos Laín, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil 3 de Barcelona, Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan bajo núm. 184/2011-C5 actuaciones de Concurso voluntario de la mercantil Productos Pyrotermsa, S.L., con CIF número B08614281 y domicilio social sito en calle José Estivill, 52-54, Barcelona (Barcelona), representada por la Procuradora Sra. Silvia García Vigne. En sentencia dictada el día 9 de enero de 2012 se ha aprobado el convenio anticipado de acreedores de la mercantil antes mencionada, cuyo fallo es del tenor literal siguiente: Fallo: La aprobación del convenio anticipado de acreedores de la entidad mercantil Productos Pyrotermsa, S.L., adquiriendo plena eficacia en los términos legales desde la fecha de su aprobación –incluido inicio del proceso de fusión por absorción una vez firme esta sentencia–, cesando los efectos de la declaración de concurso y cesando los administradores excepto en las labores derivadas de la sección de calificación, el mantenimiento de las funciones aceptadas por la concursada en cuanto a la gestión interna de la compañía, la finalización de todos los incidentes en tramitación y la fiscalización de la completa satisfacción de los créditos contra la masa. Debe formarse la sección sexta o de calificación, que se encabezará con testimonio de la solicitud de concurso, de los documentos acompañados con la solicitud y los requeridos con posterioridad, con testimonio del auto de declaración de concurso y testimonio de esta sentencia, se abre el plazo de 10 días para que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo pueda personarse alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. La sentencia que apruebe el convenio debe de ser publicitada en la forma prevista en los artículos 23 y 24 de la Ley Concursal, a tal fin se ordena librar edicto que recoja el fallo de esta sentencia, edicto que habrá de someterse al mismo régimen de publicidad que tuvo el auto de declaración de concurso. No hay condena en costas. Contra esta sentencia podrá interponerse recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Barcelona; recurso que habrá de formalizarse en este Juzgado en el plazo de veinte días desde la notificación de la sentencia. Líbrese testimonio de la presente resolución para su unión a los autos principales y llévese el original al libro de Sentencias de este Juzgado. Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo. Publicación: Leída y publicada ha sido la anterior resolución por el Juez que la suscribe estando celebrando audiencia en el día de la fecha. Doy fe. Barcelona, 10 de enero de 2012.- La Secretaria Judicial.

  4. Declaración de concurso15/09/2011
    ⚖️ BARCELONAProc. 184/2011Ordonnance 14/06/2011

    Edicto Doña María Aránzazu Alameda López Secretaria del Juzgado Mercantil n.º 3 de Barcelona dicto el presente al objeto de comunicar el error observado en el edicto que se publicó el pasado día 28 de mayo en el BOE por el que se daba publicidad al auto de declaración de Concurso voluntario de acreedores 184/2011 C5 de la mercantil Productos Pyrotermsa, S.L., con CIF n.º B08614281, toda vez que se hace constar que el Administrador concursal es Javier Espla Molina cuando debía constar Javier Esplá López del Rincón, con DNI 46240270-N y correo electrónico [email protected] Barcelona, 14 de junio de 2011.- La Secretaria Judicial.

  5. Declaración de concurso07/07/2011
    ⚖️ BARCELONAProc. 184/2011Ordonnance 14/06/2011

    Edicto Doña María Aranzazu Alameda López, Secretaria del Juzgado Mercantil n.º 3 de Barcelona dicto el presente al objeto de comunicar el error observado en el edicto que se publicó el pasado día 28 de mayo en el BOE por el que se daba publicidad al auto de declaración de Concurso voluntario de acreedores 184/2011 C5 de la mercantil Productos Pyrotermsa, S.L., con CIF n.º B08614281 toda vez que se hace constar que el administrador concursal es Javier Espla Molina cuando debía constar Javier Esplá López del Rincón con DNI 46240270-N y correo electrónico [email protected] Barcelona, 14 de junio de 2011.- La Secretaria Judicial.

  6. Declaración de concurso28/05/2011
    ⚖️ BARCELONAProc. 184/2011Ordonnance 29/03/2011

    Edicto dando publicidad a la declaración de concurso Doña María Aránzazu Alameda López, Secretaria del Juzgado Mercantil n.º 3 de Barcelona dicto, de conformidad con los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por ese Juzgado: Número de asunto.- Concurso voluntario 184/2011 Sección C5. Entidad concursada.- Productos Pyrotermsa, S.L., con CIF n.º B08614281. Fecha del auto de declaración.- 29 de marzo de 2011. Administradores concursales.- D/ña Javier Esplá Molina (abogado) como administrador concursal único, con correo electrónico [email protected] Facultades del concursado.- Intervenidas. Llamamiento a los acreedores.- Disponen del plazo de 15 días desde la publicación de los edictos para comunicar los créditos a la administración concursales la existencia de su crédito a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación conforme establece el artículo 85 de la Ley Concursal, dichos créditos deberán ir dirigidos a la unidad de apoyo concursal sito en Barcelona en la Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 111, planta 13. Los autos, informes y documentación trascendental del concurso quedan en la Secretaría del Juzgado para su examen por los interesados, en horas de audiencia. Barcelona, 8 de abril de 2011.- La Secretaria Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.