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Procédure collective
TERMOPLASTICOS EXTREMEÑOS S.L.L. EN LIQUIDACION
CIF B06320758Voir la fiche société →
- Publications
- 2 — 17/11/2015 → 24/04/2025
- Procédure
- 572/2015
- Tribunal
- Mercantil - 1 · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso24/04/2025⚖️ Mercantil - 1Proc. 572/2015Juge : ZAIRA GONZALEZ AMADOOrdonnance 10/04/2025
Declarar la conclusión del concurso TERMOPLASTICOS EXTREMEÑOS S.L., con CIF: B 06320758, que había sido declarado por Auto de fecha 5 de noviembre de 2015, por conclusión de las operaciones de liquidación
- Declaración de concurso17/11/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de BadajozProc. 572/2015Ordonnance 05/11/2015
D.ª Lucía Peces Gómez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Badajoz, por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 572/2015 se ha dictado, en fecha 5 de noviembre de 2015, auto de declaración de concurso abreviado voluntario del deudor TERMOPLÁSTICOS EXTREMEÑOS, S.L., con CIF n.º B-06320758, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Ctra. Extremadura, 105, Almendralejo-Aceuchal, Km 74,7, Aceuchal. 2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que el deudor tiene sobre su patrimonio. Se ha designando, como administración concursal al Letrado D.ª BONIFACIA SUÁREZ SUÁREZ, con NIF n.º 9178918-D, con domicilio en Plaza de la Constitución, 10, entreplanta, Almendralejo, y dirección electrónica señalada: [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos, no se admitirán bajo ninguna circunstancia insinuaciones de créditos dirigidas a este Juzgado, ya que las mismas deben dirigirse directamente a la Administración Concursal. En el caso de existir personaciones en los escritos de insinuación de créditos tampoco serán tenidas en cuenta, debiéndose realizar la personación en escrito exclusivo para tal fin. 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. Badajoz, 5 de noviembre de 2014.- El Letrado de la Administración de Justicia.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.