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Procédure collective

TERRENYS LES ANIMES SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION

CIF B43886845Voir la fiche société

Publications
527/03/201704/09/2025
Procédure
20/2017
Tribunal
Mercantil - 1 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE TARRAGONA · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Tarragona
Administrateur judiciaire
D

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso04/09/2025
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 20/2017Juge : SANTIAGO ARAGONÉS SEIJOOrdonnance 25/07/2025

    Auto de conclusión del concurso

  2. Otro acto concursal28/05/2025
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 20/2017Juge : SANTIAGO ARAGONÉS SEIJOOrdonnance 21/05/2025

    Puesto de manifiesto del informe de rendicion de cuentas por el plazo de quince dias

  3. Otro acto concursal29/06/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE TARRAGONA Proc. 20/2017Juge : FRANCISCO JOSE LOPEZ ORTEGAOrdonnance 26/03/2021

    DILIGENCIA DE ORDENACION PONIENDO DE MANIFIESTO TENER POR PRESENTADO INFORME DEL ADMINISTRADOR CONCURSAL

  4. Otro acto concursal25/04/2022
    ⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 20/2017Juge : Cesar Suarez VazquezOrdonnance 26/03/2021

    Aprobación del Plan de Liquidación

  5. Declaración de concurso27/03/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de TarragonaProc. 20/2017Ordonnance 16/03/2017

    Don Juan Holgado Esteban, Letrado de la Admón. Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Tarragona, por el presente Edicto doy publicidad al Auto de declaración del concurso dictado por este Juzgado: Número de asunto: Concurso n.º 20/2017. NIG: 43148-47-1-2017-0000271. Fecha del auto: 14-3-17. Clase de concurso: Voluntario abreviado. Entidad concursada: TERRENYS LES ANIMES, S.L., con domicilio en Rambla Vella, 7-b, 5.º, 3.ª, 43003 de Tarragona, CIF n.º B43886845 y representada por el procurador D. David Balleste García. Administrador concursal: D. Luis Salas de Córdoba, con domicilio en Rambla Nova, 118, bajos, 43001 de Tarragona y e-mail "[email protected]". Régimen de las facultades del concursado: Intervención de facultades. Los acreedores de la concursada deberán comunicar a la administración concursal sus créditos en la dirección postal o electrónica antes señaladas y en la forma establecida en el art. 85 de la Ley Concursal, en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al de la publicación en el BOE. Los acreedores pueden personarse en la proceso por medio de Abogado y Procurador. Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado y procurador que autoricen al efectos sin necesidad de personarse. Tarragona, 16 de marzo de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.