Accueil›Justice›TEXTILHOY SOCIEDAD LIMITADA
Procédure collective
TEXTILHOY SOCIEDAD LIMITADA
CIF B96514302Voir la fiche société →
- Publications
- 4 — 16/09/2020 → 19/04/2021
- Procédure
- 628/2020
- Tribunal
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE VALENCIA · Juzgado de lo Mercantil num. 2 de Valencia · MERCANTIL - 2
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal19/04/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE VALENCIA Proc. 628/2020Juge : Maria Jose Peiro AspurzOrdonnance 04/09/2020
Se ha rendido el informe del artículo 290 del TRLC con sus anexos inventario de bienes y lista de acreedores, pudiéndose formular impugnación mediante el planteamiento de incidente concursal en el plazo de diez días.
- Conclusión del concurso19/04/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE VALENCIA Proc. 628/2020Juge : JOAN HOLGADO ESTEBANOrdonnance 04/09/2020
AUTO DE DECLARACION Y CONCLUSION DE CONCURSO POR INSUFICIENCIA DE MASA ACTIVA
- Conclusión del concurso22/09/2020⚖️ Juzgado de lo Mercantil num. 2 de ValenciaOrdonnance 04/09/2020
Doña Mª José Roig Sapiña, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil num. 2 de Valencia, por el presente, Hago Saber: Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Abreviado [CNA] -000628/2020 Voluntario, de la deudora Concursada Textilhoy, S.L., con CIF Nº B96514302, con domicilio en la carretera de Villena, kilómetro 19.5 de Bocairent (Valencia) en cuyo seno se ha dictado auto de fecha Sr. Magistrado-Juez D. Jacinto Talens Segui, por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda. El deudor, caso de ser persona natural, queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso (art. 178 de la LC). Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados. Valencia, 4 de septiembre de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Maria José Roig Sapiña.
- Declaración de concurso16/09/2020⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 628/2020Juge : JACINTO TALENS SEGUIOrdonnance 04/09/2020
Declaración de concurso y conclusión del mismo por inexistencia de bienes, declarándose la extinción de la mercantil.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.