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Procédure collective

TIHANY MARBELLA SL

CIF B92160563Voir la fiche société

Publications
507/10/201030/12/2025
Procédure
1252/2010
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA · MERCANTIL DE MÁLAGA Nº 001

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal30/12/2025
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 1252/2010Ordonnance 05/12/2025

    Cese de las limitaciones de las facultades de administración

  2. Conclusión del concurso28/12/2025
    ⚖️ MERCANTIL DE MÁLAGA Nº 001Proc. 1252/2010Juge : JUDITH SAIZ SORIAOrdonnance 05/12/2025

    Acuerdo la conclusión del presente procedimiento de concurso de acreedores de la mercantil TIHANY MARBELLA, S.L. por cumplimiento del convenio, cesando los deberes y limitaciones de las facultades de administración y disposición.

  3. Conclusión del concurso10/10/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 1252/2010Juge : CARMEN CASTILLO ALIAGAOrdonnance 05/12/2025

    AUTO declarando en concurso SIN MASA a la mercantil MAGNOLIA CAFÉ, S.L.U., con C.I.F. B-54682679 [¿] plazo de quince días a contar del siguiente a la publicación edictal puedan solicitar el nombramiento de un administrador concursal

  4. Declaración de concurso11/12/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MÁLAGA Proc. 1252/2010Juge : MARIA LUISA PARIENTE VELLISCAOrdonnance 06/05/2021

    Finalización fase liquidacion

  5. Otro acto concursal07/10/2010
    ⚖️ MÁLAGAProc. 1252/2010Ordonnance 27/07/2010

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Anuncia Primero.-Que en el procedimiento número 1252/2010, por auto de fecha 27 de julio de 2010 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Tihany Marbella, S.L., con NIF B 92.160.563, domicilio social en avenida Severo Ochoa, número 28, edificio Marina Marbella, planta 8, de Marbella, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Marbella - Málaga. Segundo.-Que el deudor conversa las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero.-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. Cuarto.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Las personaciones se realizarán en escrito exclusivamente dirigido a tal fin. En Málaga, 17 de septiembre de 2010.- El/La Secretario Judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.