AccueilJusticeTINTORERIA LA ROPA SOCIEDAD LIMITADA

Procédure collective

TINTORERIA LA ROPA SOCIEDAD LIMITADA

CIF B97765713Voir la fiche société

Publications
303/03/202126/03/2021
Procédure
72/2021
Tribunal
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE VALENCIA · Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia

Chronologie du dossier

  1. Otro acto concursal26/03/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE VALENCIA Proc. 72/2021Juge : LAURA MARIA MONTOYA BENZALOrdonnance 12/02/2021

    1º.- Que en el procedimiento número 2093/2019, con NIG 0401342120190018991 por auto de fecha uno de septiembre del presente, se ha declarado en concurso al deudor Israel Jiménez Montoya y Lidia Tristán Ucles, con domicilio en Calle El Salvador 12 .

  2. Conclusión del concurso26/03/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE VALENCIA Proc. 72/2021Ordonnance 12/02/2021

    Auto de conclusión de concurso

  3. Declaración de concurso03/03/2021
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaOrdonnance 23/02/2021

    Don José Víctor Sanz Gordón, Letrado Admon Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 000072/2021 habiéndose dictado en fecha por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Valencia auto de rectificación del CIF de la entidad deudora Tintorería La Ropa, S.L., en el auto de declaración y conclusión del concurso, cuya parte dispositiva subsanada es del siguiente tenor: Dispongo: Que debo acordar y acuerdo Declarar en estado de concurso voluntario a la entidad Tintorería La Ropa, S.L., cuyo datos son: CIF B-97765713, inscrita en el Registro Mercantil de Valencia al tomo: 8.475, folio 88, libro 5.765, hoja número V-114.718, inscripción 1ª: 151 y con domicilio social en en Benifaió (Valencia) calle de Santa Bárbara, número 47, bajo y la Conclusión Del Concurso Por Insuficiencia De Masa Activa con la que atender el pago de los créditos contra la masa. Acuerdo la disolución y la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad con la consiguiente cancelación de su hoja registral. Publíquese esta resolución, por medio de edictos de inserción gratuita y con el contenido establecido en el artículo 35 TRLC, en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuita y en los estrados de este Juzgado. Comuníquese al Juzgado Decano de Valencia. Expídase por el Sr. Letrado de la Administración de Justicia, mandamiento por duplicado al Registro Mercantil en el que figure inscrita la sociedad, al que se adjuntará testimonio de esta resolución, para que proceda a la inscripción de la declaración del concurso y de la conclusión, procediendo a su inserción en el portal de Internet. Asimismo deberá proceder al cierre de la hoja de inscripción de la concursada en el Registro. Hágase entrega al Procurador solicitante de los despachos acordados expedir para que cuide de su curso y gestión, concediéndosele un plazo de diez días para que acredite la publicación de los edictos y la presentación de los mandamientos. Fórmese la Sección 1.ª del concurso, que se encabezará con la solicitud del deudor. Notifíquese esta resolución al deudor. Contra este auto cabe interponer Recurso De Apelación en un plazo de veinte días ante este Juzgado y para la Ilustrísima Audiencia Provincial de Valencia, plazo que se computará a los terceros interesados a partir de su publicación en el BOE (art. 471 TRLC). Así lo acuerda, manda y firma. Doy fe. Valencia, 23 de febrero de 2021.- Letrado de la Administracion de Justicia, José Víctor Sanz Gordón.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.