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Procédure collective
TOLDOS PAT SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION
CIF B23494651Voir la fiche société →
- Publications
- 3 — 19/07/2014 → 26/03/2021
- Procédure
- 05/2014 · 465/2014
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Jaén · PRIMERA INSTANCIA/MERCANTIL - 4
Chronologie du dossier
- Conclusión del concurso26/03/2021⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de JaénProc. 05/2014Ordonnance 17/03/2021
Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Jaén, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 482 del Texto Refundido de la Ley Concursal, anuncia: 1º.- Que en el procedimiento concursal necesario ordinario número 465.05/2014, por auto de fecha 03/03/2021 se ha declarado la conclusión del concurso de acreedores del deudor Toldos Pat, S.L., con C.I.F. n.º B23494651. 2º.- Se aprueban las cuentas presentadas por la administración concursal. 3º.- Se declara el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación. 4º.- Se acuerda la extinción de la sociedad Toldos Pat, S.L. Jaén, 17 de marzo de 2021.- Letrado de la Administración de Justicia, Manuel Gabriel Blanca Buendía.
- Conclusión del concurso17/03/2021⚖️ PRIMERA INSTANCIA/MERCANTIL - 4Proc. 465/2014Juge : MARIA JOSE HERNANDEZ CABALLEROOrdonnance 03/03/2021
Debo declarar la conclusión del concurso de acreedores de la mercantil TOLDOS PAT, S.L., con C.I.F. nº¿ ¿ ¿ B23494651, y el archivo de las actuaciones.
- Otro acto concursal19/07/2014⚖️ JAÉNOrdonnance 21/07/2014
Edicto El Juzgado de lo Mercantil de Jaén, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia 1. Que en el procedimiento número 465/14, con CIF B23494651, por auto de 21 de julio de 2014, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Toldos PAT, S.L, con domicilio en Linares, en carreta de Baños, s/n. 2. Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3. Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido D. Cristóbal López Montálvez, con domicilio postal en Avda. Ciudad de Linares, 3, 1.º B, de Úbeda, Jaén y dirección electrónica [email protected]. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado ( artículo 184.3 LC). Jaén, 25 de junio de 2014.- El/La Secretario judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.