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Procédure collective

TORREVEJENSE DE MATERIALES DE CONSTRUCCION SL

CIF B53304184Voir la fiche société

Publications
127/10/201227/10/2012
Procédure
10/2012
Tribunal
Juzgado de lo Mercantil num. 3 de Alicante
Administrateur judiciaire
Que ha sido nombrado D./Dª

Chronologie du dossier

  1. Declaración de concurso27/10/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil num. 3 de AlicanteProc. 10/2012Ordonnance 11/10/2012

    D./Dña. Jorge Cuéllar Otón, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil num. 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente hago saber: Que por auto de fecha 03/10/2012 en el procedimiento con número de autos 000089/2012 y N.I.G. 03065-66-2-2012-0000111, se ha declarado en concurso ordinario necesario al deudor Torrevejense de Materiales de Construcción, S.L., con domicilio en Calle Camino del Cementerio, S/N, Torrevieja (Alicante) y CIF nº B-53304184, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante. Facultades del concursado: Suspendido. Administrador Concursal: Que ha sido nombrado D./Dª. Jose Vicente Escudero Galante, colegiado del Ilustre Colegio de abogados de Orihuela con domicilio postal: Calle poeta Miguel Hernandez,26, entresuelo, Elche y dirección de correo electrónica: [email protected], para que los acreedores efectúen a su elección la comunicación de créditos de conformidad con el Artículo 85 de la Ley Concursal. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento del administrador concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del presente B.O.E. Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación. Se expide el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso conforme al artículo 23 LC. Elche, 11 de octubre de 2012.- Secretario judicial.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.