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Procédure collective

TOTAL PLANNING SL

CIF B65708117Voir la fiche société

Publications
722/11/201830/01/2026
Procédure
1067/2018
Tribunal
MERCANTIL DE BARCELONA Nº 004 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE BARCELONA · Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de Barcelona
Administrateur judiciaire
Iberia Abogados y Asesores Tributarios, S.L.

Chronologie du dossier

  1. Conclusión del concurso30/01/2026
    ⚖️ MERCANTIL DE BARCELONA Nº 004Proc. 1067/2018Juge : ALFONSO MERINO REBOLLOOrdonnance 23/01/2026

    La resolución que es firme (art. 481.1LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

  2. Otro acto concursal03/10/2025
    ⚖️ MERCANTIL DE BARCELONA Nº 004Proc. 1067/2018Juge : Alfonso Merino RebolloOrdonnance 10/12/2024

    La administración concursal presenta informe final de cumplimiento de convenio

  3. Conclusión del concurso24/10/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE BARCELONAProc. 1067/2018Juge : JUAN IGNACIO MARTINEZ AROCAOrdonnance 23/01/2026

    AUTO CONCLUSIÓN

  4. Convenio de acreedores25/06/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE BARCELONAProc. 1067/2018Juge : (LAJ) MARIA ISABEL BOGUÑA PACHECOOrdonnance 22/01/2021

    SE HA DICTADO AUTO POR EL QUE SE DACLARA CONCLUSO EL CONCURSO DE ACREEDORES DE LOS DEUDORES D.MIGUEL ANGEL ARRUE GIL Y Dª ROSA AUREA ALEMANY BES

  5. Otro acto concursal02/12/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE BARCELONAProc. 1067/2018Juge : (LAJ) JOSE VICTOR SANZ GORDONOrdonnance 22/01/2021

    SE HA DICTADO AUTO DECLARANDO INTEGRAMENTE CUMPLIDO EL CONVENIO APROBADO POR SENTENCIA DE 13/10/2014

  6. Convenio de acreedores02/12/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE BARCELONAProc. 1067/2018Juge : LAURA ROSA LOPEZOrdonnance 01/10/2019

    Conclusión del concurso, cese de las facultades del Administrador y extinción de la persona Jurídica

  7. Declaración de concurso22/11/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de BarcelonaProc. 1067/2018Ordonnance 06/11/2018

    María Carmen Fernández Hidalgo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de Barcelona, al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, Hago saber: Número de asunto. Concurso abreviado 1067/2018 - I Fecha del auto de declaración. 30-10-2018. Clase de concurso. Voluntario. Entidad concursada. Total Planning, S.L., con B-65708117, y domicilio en avenida Ferreria, n.º 49, Polígono Industrial la Ferreria Montcada i Reixac (Barcelona). Administradores concursales. Se ha designado como Administrador concursal: Iberia Abogados y Asesores Tributarios, S.L., quien designa a Marcos Latorre García. Dirección postal: Plaza de la Independencia, 2, 2.ª planta, 28001 Madrid. Dirección electrónica: [email protected]. Régimen de las facultades del concursado. Intervenidas. Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la Administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación. La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, Edifici C, planta 12, Barcelona. Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles. Dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es Barcelona, 6 de noviembre de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia, María Carmen Fernández Hidalgo.

Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.