Accueil›Justice›TRANS-CONTENEDORES JACARILLA SL
Procédure collective
TRANS-CONTENEDORES JACARILLA SL
CIF B53361408Voir la fiche société →
- Publications
- 3 — 20/07/2011 → 20/01/2016
- Tribunal
- Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante · Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Alicante
Chronologie du dossier
- Otro acto concursal20/01/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de AlicanteOrdonnance 07/01/2016
EDICTO D. Jorge Cuéllar Otón, Letrado de la Admón. de Justicia y del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente, Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores núm. 000374/2011 siendo la concursada Transcontenedores Jacarilla, S.L., con CIF nº B53361408 y N.I.G. 03014-66-2-2011-0000751, en el que se ha dictado Auto de fecha 30.11.2015, que contiene entre otros los siguientes pronunciamientos: 1.- Se declara concluída la liquidación y el concurso de acreedores de Transcontenedores Jacarilla, S.L. 2.- Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor que vinieron en su día acordadas. Cesa el administrador concursal en su cargo. 3.- Se acuerda la extinción de Transcontenedores Jacarilla, S.L., decretándose la cancelación de sus hojas registrales de inscripción. Y para que sirva de publicación en el Boletín Oficial del Estado, expido el presente. Elche, 7 de enero de 2016.- Letrado de la Admón. de Justicia.
- Apertura de liquidación16/02/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 3 de AlicanteOrdonnance 02/02/2012
Edicto D. Jorge Cuéllar Oton, Secretario/a judicial de Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Alicante, sede en Elx, anuncia: Que en el Concurso Abreviado - 000374/2011, referente al concursado Transcontenedores Jacarilla, S.L., con CIF nº B53361408 inscrita en el Registro Mercantil de Alicante, por auto de fecha 01.02.11, se ha acordado lo siguiente: 1.- Poner fin a la fase común y abrir la fase de liquidación. 2.- Se decreta la suspensión de las facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal. 3.- Se declara la disolución de la mercantil, así como en todo caso el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal. 4.- Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones. 5.- Procédase a la formación de la Sección Quinta, de liquidación del concurso, con testimonio de la presente. Elche, 2 de febrero de 2012.- Secretario Judicial.
- Declaración de concurso20/07/2011⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de AlicanteOrdonnance 06/07/2011
Edicto Don Jorge Cuéllar Otón, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores Abreviado núm. 000374/2011 habiéndose dictado con fecha 06.07.11 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso abreviado voluntario de acreedores de TRANSCONTENEDORES JACARILLA, S.L., con domicilio en calle Vega Baja, 4, Jacarrilla (Alicante), CIF n.º B53361408, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante en el Tomo 2.227 general, folio 32, representada por el procurador doña Rocío Valentín Moreno. Facultades del concursado: Intervenido. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento de este Juzgado la existencia de sus créditos en la forma prevista en el Art. 85 de la Ley Concursal en el plazo de quince días, a contar desde la fecha de publicación en el BOE; debiendo aportar original o copia autenticada de los títulos que justifiquen su crédito así como copia de todo ello para constancia en autos. Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación. Se expide el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso conforme al artículo 23 LC. Elche, 6 de julio de 2011.- Secretario Judicial.
Source : Registro Público Concursal et BOE Section IV. Les édits sont reproduits tels que publiés ; leur validité et leurs effets relèvent du tribunal qui les prononce.